comscore

El requisito de la DGT para que puedas circular a 150 km/h

Sólo existe un tipo de conductor que puede sobrepasar los límites de velocidad sin arriesgarse a ser multado. Este conductor puede incluso circular a 150 km/h en vías rápidas, en las que tu como máximo puedes viajar a 120 km/h. Y no hablamos precisamente de agentes de la Guardia Civil, agentes de Policía o conductores de vehículos de emergencia.

Además de todos los mencionados anteriormente, que pueden rebasar los límites de velocidad mientras realizan servicios urgentes y siempre que no comprometan la seguridad del resto de usuarios de la vía, existen otros conductores que pueden circular a 150 km/h. Siempre y cuando luzcan una placa específica.

Incluso con permiso se puede superar esa velocidad

coche Motor16

Pero este organismo también presenta unas cuantas limitaciones a estas pruebas. En esa normativa se especifica que un vehículo experimental o de desarrollo puede circular a 150 km/h, superando en 30 km/h el actual límite en vías rápidas. Pero también se especifica que superar ese límite deberá ser aprobado con un mínimo de 72 horas. Además, si se notifica se podrá superar este límite de 150 km/h en autovías y autopistas, siempre que la carretera se encuentre cerrada al tráfico de forma previa.

También se especifica que ‘dichas pruebas no podrán efectuarse en vías urbanas, travesías o en tramos en los que exista señalización específica que limite la velocidad’. También se aclara que, a petición de los responsables de las pruebas, esta vía podrá ser señalizada de forma específica para alertar al resto de conductores que se está trabajando con un vehículo de desarrollo.

Por último hay que tener en cuenta que circular a 150 km/h sin ningún tipo de permiso especial, supone una infracción que conlleva una multa de 100 euros. Esta se puede reducir a 50 euros por pronto pago, pero en ningún caso resta puntos de tu carnet de conducir.