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La multa de la DGT por aparcar tu caravana en la calle

El mundo de las caravanas sigue en crecimiento. La popularización de las campers ha hecho que cada vez más gente opte por pasar unas vacaciones sobre ruedas. Entre las ventajas de este modelo vacacional, la principal es la libertad de movimiento: poder viajar por cualquier parte sin tener que hacer una concienzuda planificación y sin atarse a las fechas de un hotel.

Disfrutar de esta espontaneidad de movimientos que te da una caravana o una camper, te hará tener unas vacaciones más completas e íntimas, pero cuidado no te lleves una multa de la DGT ¡No se puede acampar en cualquier lado! Sobre todo si viajas en una caravana. Te contamos lo que debes tener en cuenta en tu próximo viaje.

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No es lo mismo estacionar que acampar

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Si estás estacionado con tu caravana, se te aplicarán las normativas de la DGT. Si estás correctamente estacionado nadie te puede multar aunque duermas o cocines dentro de tu vehículo. Pero si estás acampado ya no te rige la ley de tráfico, sino las distintas leyes de las comunidades autónomas que te multarán si no estás en una zona habilitada para la acampada.

Para evitar estas multas la clave está en saber el límite entre el estacionamiento y la acampada. Si realizas alguna de estas acciones pasarás de estar estacionado a estar acampado y serás susceptible de ser sancionado:
Sacar sillas o mesas fuera de la caravana.
Extender toldos, ventanas o cualquier elemento que sobresalga de tu vehículo.
• Utilizar patas estabilizadoras.
Verter aguas limpias, grises o negras.
Emitir ruidos molestos durante horas de descanso o en periodos muy largos durante el día (como por ejemplo el ruido que genera el uso de un generador eléctrico).

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