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¿Las motos también se pueden considerar vehículos históricos?

La DGT está preparando un sustancial cambio de normativa para los vehículos históricos (motos, coches, etc.) que tiene como objetivo agilizar los trámites en el proceso de matriculación. Se eliminarán así ciertas exigencias. Las nuevas medidas se encuentran enmarcadas dentro de la Estrategia de Seguridad Vial 2030 y pretenden hacer su aparición muy pronto.

El organismo oficial ya ha preparado un borrador de esta nueva normativa que actualizará la que se mantenía vigente desde 1995 y por la que, desde entonces, se han regido hasta ahora las matriculaciones de vehículos históricos. La hora del cambio ha llegado.

Estos vehículos podrán circular por las Zonas de Bajas Emisiones

Además de modificar estas condiciones, el texto también ha cambiado la periodicidad de las Inspecciones Técnicas. Estas han pasado de los dos años actuales a los cuatro en el caso de las motos. Para los ciclomotores, al margen de la antigüedad, así como para las motos fabricadas antes de 1950 queda exenta la obligación de ITV periódica.

Otro de los cambios que afectan a los vehículos históricos, y en especial a los ciclomotores y motocicletas, es que podrán circular libremente por las Zonas de Bajas Emisiones. Gran ventaja, sobre todo teniendo en cuenta que deberán ser obligatorias desde 2023 en ciudades que superen los 50.000 habitantes.

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