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¿Conduces con gafas o lentillas? Presta atención a las multas que te puede poner la DGT

¿Necesitas gafas para conducir? Entre las obligaciones que la DGT pone a los conductores está la de garantizarse la mayor visibilidad posible que le permita llevar a cabo una conducción segura. Esto implica, por ejemplo, llevar la luna y los demás cristales del coche con un nivel de limpieza adecuado, para poder visualizar todo lo que pasa en la vía de una forma óptima.

También se encuadraría entre estos requisitos de visibilidad, la obligación de regular los espejos retrovisores antes de iniciar la conducción, o el requerimiento de contar con un sistema de limpiaparabrisas en óptimo funcionamiento, para poder afrontar con seguridad la conducción durante los días de lluvia. Pero hay una obligación aún más apremiante que tiene que ver con la visibilidad, y que de no cumplirse acarrea graves multas de tráfico.

Mira bien tu carnet, te puedes llevar una sorpresa

Hay cuatro códigos que revelan si el conductor en cuestión tiene la obligación de llevar gafas para conducir, de llevar lentillas, si puede llevar ambas cosas o si debe llevar un ojo recubierto. Si alternas habitualmente gafas y lentillas, asegúrate de que en tu carnet aparece reflejado el código 01.06, ya que es el que te habilita para llevar ambas cosas.

Si en tu carnet solo pone que puedes conducir con gafas, y te pillan circulando con lentes de contacto, te llevarás la sanción de 200€ mencionada anteriormente. Lo mismo ocurrirá, si tu carnet solo te habilita para llevar lentillas y te pillan conduciendo con gafas. Los códigos que afectan a la visión son los siguientes:

• 01.01: necesidad de gafas.
• 01.02: necesidad de lentes de contacto.
• 01.05: recubrimiento de un ojo.
• 01.06: gafas o lentes de contacto.

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