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La DGT ya no te podrá multar por esto: en 2023 se elimina una de las multas más comunes

La DGT simplifica el control de documentación al uso de su propia aplicación digital Mi DGT, hecho que puede conducir al error de pensar que podemos circular indocumentados.

La ley de seguridad vial es muy explicita en este sentido y obliga a identificarse y mostrar la documentación del vehículo cada vez que nos sea requerida. La DGT no te multara, si físicamente no llevas la documentación propia y del vehículo, pero te exigirá que lo hagas mediante su app o una descarga de la misma en el móvil.

Artículo 59. Normas generales.

Ley de Trafico y Seguridad Vial

Te dejamos una transcripción exacta del articulado de la Ley de Trafico y Seguridad vial para que no caigas en el error de olvidar o extraer la documentación necesaria en todo momento. Dice así:

1. Con objeto de garantizar la aptitud de los conductores para manejar los vehículos y la idoneidad de estos para circular con el mínimo de riesgo posible, la circulación de vehículos a motor y de ciclomotores requerirá de la obtención de la correspondiente autorización administrativa previa.

Reglamentariamente se fijarán los datos que han de constar en las autorizaciones de los conductores y de los vehículos.

La tenencia de la autorización administrativa podrá acreditarse mediante su presentación física o digital.

2. El conductor de un vehículo a motor o ciclomotor queda obligado a estar en posesión y llevar consigo su permiso o licencia válidos para conducir, así como el permiso de circulación del vehículo y la tarjeta de inspección técnica, y deberá exhibirlos ante los agentes de la autoridad encargados de la vigilancia del tráfico en el ejercicio de las funciones que tienen encomendadas que se lo soliciten, en los términos que reglamentariamente se determine.

3. En las autorizaciones administrativas de circulación únicamente constará un titular.