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La DGT ya no te podrá multar por esto: en 2023 se elimina una de las multas más comunes

La DGT simplifica el control de documentación al uso de su propia aplicación digital Mi DGT, hecho que puede conducir al error de pensar que podemos circular indocumentados.

La ley de seguridad vial es muy explicita en este sentido y obliga a identificarse y mostrar la documentación del vehículo cada vez que nos sea requerida. La DGT no te multara, si físicamente no llevas la documentación propia y del vehículo, pero te exigirá que lo hagas mediante su app o una descarga de la misma en el móvil.

Sin poder comprobar datos la DGT es inservible

Documentación exigible por DGT

Para la DGT es fundamental poder identificar tanto al infractor como el vehículo implicado en los hechos. De no hacerlo, el proceso sancionador resulta inútil y la seguridad, tanto vial como jurídica, se vería totalmente comprometida, por no mencionar el caos administrativo que este hecho supondría.

Pensar que podemos circular sin documentación es hacer un flaco favor a las normas del comportamiento ético/social. Así, de igual forma que nuestro DNI es obligatorio llevarlo encima siempre para poder identificarnos, ante un requerimiento de la autoridad y en las circunstancias que ellos necesiten, el coche y el conductor, por ley están obligados a poder ser acreditados en tres puntos esenciales; el carnet de conducir, el permiso de circulación y la aprobación técnica del mismo.

Lleva estos 3 documentos, originales o compulsados, siempre que conduzcas, ya que será lo primero que te pida un agente si te para o te ves involucrado en un incidente. Recuerda que desde 2008 no es obligatorio llevar en el coche la póliza del seguro ni el recibo del último pago.

Estos documentos son igualmente exigibles para los vehículos de alquiler. Antes empezar a circular con un vehículo alquilado, comprueba que el vehículo incluye la documentación obligatoria.