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El carnet de conducir ¿Qué tramites exige la DGT para renovar?

Renovar tu carnet de conducir antes de que caduque es la mejor opción para evitar trastornos administrativos. Si esperas a que se cumpla la fecha tu permiso no será valido y al conducir con el caducado te expones a multas.

Los conceptos que debemos tener en cuenta a la hora de renovar la licencia de conducir, nos permitirán agilizar la renovación al máximo, ya que estos procesos burocráticos siempre pueden extenderse en plazo, de no tener la información necesaria, en cuanto a los requisitos que nos soliciten.

Residiendo en el extranjero con tu carnet de conducir

Consulado español en la ciudad de Lille para renovar el carnet

Si renuevas desde el extranjero:  las solicitudes deben ser cursadas a través de las la representación diplomática o consular española en el país en el que te encuentres, siendo necesaria la siguiente documentación:

  • Informe de aptitud psicofísica que será expedido por un médico del país donde te encuentres y visado por la Misión Diplomática u Oficina Consular de España en dicho país con una fotografía tuya reciente. Deberas especificar la aptitud para la conducción.
  • Número de tasa correspondiente  o resguardo de haber realizado el pago de la misma.
  • Fotografía original actual de 32 x26 mm. en color y con fondo liso, tomada de frente con la cabeza descubierta y sin gafas de cristales oscuros o cualquier otra prenda que pueda impedir o dificultar tu identificación.

En el propio consulado deberás cumplimentar y firmar el talón-foto que será relleno con la foto que lleves.

Pagar las tasas requisito previo

Pagar tasas de trafico de renovación del carnet

En general la renovación del permiso o licencia requiere pagar la tasas que oscilan desde 4.3 de 24,58 euros, dependiendo de las condiciones y situaciones en que se otorga el permiso por diversas circunstancias:

  • Para mayores de 70 años el trámite es gratuito.
  • Si por razones médicas la prórroga es por un plazo inferior al establecido, las tasas a adquirir serán las siguientes:
    • Hasta 4 años:La tasa es la 4.3.4 de 19,67 euros
    • Hasta 3 años:La tasa es la 4.3.3 de 14,75 euros
    • Hasta 2 años:La tasa es la 4.3.2 de 9,83 euros
    • Hasta 1 años:La tasa es la 4.3.1 de 4,92 euros

Tienes varios medios para pagar las tasas:

  • Si vas a realizar la solicitud del trámite por Internet a través del registro, deberás adquirir la tasa previamente a través de cualquiera de los canales disponibles e incluir el justificante de pago en ella. 
  • En caso de realizar el trámite presencialmente podrás pagar la tasa en nuestras oficinas en el momento de realizarlo, usando cualquier tarjeta de débito o crédito, nunca en metálico, o aplicar una tasa comprada previamente en alguno de los canales habilitados para ello.