La Dirección General de Tráfico (DGT) ha puesto en marcha un grupo de trabajo para transponer la directiva europea que abre la puerta al carnet de conducir a los 17 años, una medida que, una vez en vigor, aliviará la crónica falta de conductores en las flotas de reparto. La fecha límite para que España adopte la norma es el 26 de noviembre de 2028.
La ficha rápida para el profesional
- Por qué es importante: La inminente transposición de la directiva europea permitirá contratar conductores con permiso B desde los 17 años, una vía para cubrir la falta crónica de conductores en distribución urbana y última milla.
- Ventajas e inconvenientes: A favor: amplía la población elegible para puestos de conducción, ofrece experiencia supervisada para los jóvenes y alinea a España con otros países europeos. En contra: se limita al permiso B (sin vehículos pesados), la fecha de aplicación efectiva no será antes de 2028 y los requisitos del acompañante pueden restar operatividad inmediata.
- Datos técnicos clave: Edad mínima: 17 años; Licencia: B (MMA ≤ 3.500 kg); Régimen: conducción acompañada con código 98.02; Requisitos del acompañante: ≥ 24 años, 5 años de antigüedad en el B, sin privaciones en los últimos 5 años, sin alcohol ni drogas al volante; Fecha límite para transposición: 26 de noviembre de 2028; Grupo de trabajo de la DGT en marcha.
El nuevo permiso: cómo funciona la conducción acompañada
La directiva 2025/2205 de la Unión Europea introduce la posibilidad de obtener el carnet B con 17 años, pero bajo un régimen de conducción acompañada que quedará reflejado en el carnet con el código 98.02. El joven conductor siempre deberá ir acompañado de un adulto que reúna, como mínimo, las siguientes condiciones: tener al menos 24 años, poseer el permiso B con una antigüedad de cinco años, no haber sido privado del derecho a conducir en los últimos cinco años y no encontrarse bajo los efectos del alcohol ni de drogas durante la conducción. La DGT ya estudia cómo encajar estas exigencias en el contexto español, donde cabe esperar requisitos adicionales según las particularidades de cada estado miembro.
A efectos prácticos para un gestor de flota, esta fórmula introduce una figura que permite incorporar a conductores en formación a partir de los 17 años, algo inédito hasta ahora. Sin embargo, la necesidad de un copiloto cualificado condiciona la operativa: no basta con contratar al joven; también hay que disponer de un adulto con permiso B y experiencia que le acompañe en cada desplazamiento, lo que obliga a reorganizar rutas en las que la productividad inmediata se reparte entre dos personas.
Qué vehículos puede conducir un joven de 17 años
La directiva deja claro que el nuevo carnet se limita al permiso B, es decir, a vehículos de hasta 3.500 kg de masa máxima autorizada (MMA). Esto incluye turismos, furgonetas ligeras de reparto urbano y derivados de turismo, pero excluye los camiones ligeros o medios que muchas flotas utilizan en distribución regional. España, junto con otros países europeos, se opuso a que la medida se ampliase al permiso C (vehículos pesados), de manera que el alivio para la escasez de conductores se centra en el segmento de reparto capilar y de última milla, donde las furgonetas de pequeño tamaño son la herramienta mayoritaria.
Para autónomos y pymes de transporte que operan flotas de furgonetas de 2.800 a 3.500 kg de MMA, la futura norma abre la puerta a una cantera de conductores antes inaccesible. Las empresas de mensajería, paquetería y e‑commerce podrán sumar a jóvenes de 17 años siempre que dispongan del acompañante requerido, una posibilidad que cobra especial valor en un entorno donde el relevo generacional es una de las principales preocupaciones del sector.
Qué supone para el gestor de flota: ventajas y plazos
Con la fecha de transposición fijada en 2028, la medida no tendrá un impacto inmediato, pero sí estratégico. Las flotas que quieran beneficiarse de esta ampliación del mercado laboral deberán empezar a diseñar ahora protocolos de conducción acompañada y planes de tutorización que encajen en su operativa diaria. La experiencia de países que ya permiten esta modalidad indica que, bien gestionada, puede mejorar la retención del talento joven y reducir los índices de siniestralidad gracias a la supervisión directa.
El acceso al carnet B con 17 años abre una vía inédita para el reparto, pero su efectividad dependerá de que las empresas logren encajar la figura del acompañante en sus rutas diarias.
Desde la perspectiva del gestor, conviene vigilar dos puntos: el primero, que España está facultada para endurecer las condiciones de acompañamiento más allá de lo que marca la directiva, lo que podría añadir complejidad administrativa; el segundo, que la exclusión de los vehículos pesados mantiene sin resolver el déficit de conductores en el transporte de larga distancia y en flotas de reparto con camiones de más de 3,5 toneladas. Aun así, para las flotas de furgonetas de reparto urbano, la iniciativa supone una herramienta de futuro que conviene tener en el radar.
Mientras el grupo de trabajo de la DGT avanza en la transposición, las asociaciones de transporte y los principales operadores logísticos ya estudian cómo adaptar sus procesos de selección a esta nueva figura. La pelota está ahora en el tejado de la administración española, que tiene hasta noviembre de 2028 para hacerla efectiva.

