La DGT autoriza el carnet de conducir a los 17 años: requisitos para conducir acompañado

La medida se basa en la Directiva Europea 2025/2205 y la DGT ya trabaja para transpónerla antes del 26 de noviembre de 2028. Para circular con 17 años siempre tendrás que ir acompañado de un adulto mayor de 24 años.

La Dirección General de Tráfico (DGT) ha puesto en marcha un grupo de trabajo para permitir que los jóvenes de 17 años obtengan el permiso de conducir de clase B. La condición innegociable es que, hasta cumplir la mayoría de edad, siempre tendrán que circular acompañados de un adulto.

La medida no es un invento español: deriva directamente del artículo 17 de la Directiva Europea 2025/2205, que obliga a todos los Estados miembros a regular la conducción acompañada para menores de 18 años. La DGT ya ha confirmado que ha comenzado los trabajos de transposición, y el horizonte que maneja es el 26 de noviembre de 2028, fecha límite que fija Bruselas para que la norma sea una realidad en España.

Qué cambia y cuándo entra en vigor

Hasta ahora, el Reglamento General de Conductores (RGC) solo permitía obtener el permiso B a los 18 años cumplidos. Con la futura modificación, se abrirá una ventana de un año —de los 17 a los 18— en la que se podrá conducir un turismo de hasta 3.500 kilos, pero exclusivamente bajo el régimen de conducción acompañada.

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La directiva europea deja claro que cada país puede decidir si extiende esta posibilidad a los vehículos pesados (permiso C). España ya ha adelantado que, de momento, no los incluirá. Así que la novedad se ciñe al carnet B (el de toda la vida).

Los requisitos para el conductor novel

Para que un joven de 17 años pueda sacarse el carnet, deberá superar las mismas pruebas teóricas y prácticas que cualquier aspirante. La gran diferencia aparecerá en el reverso del permiso: llevará impreso el código 98.02, que indica a cualquier agente de la Guardia Civil de Tráfico que ese conductor está bajo el paraguas de la conducción acompañada de la Unión Europea.

Ese código será tu ‘marca’ hasta el día que cumplas 18. A partir de ese cumpleaños, la restricción desaparece automáticamente y el carnet se convierte en un permiso B convencional, sin necesidad de realizar ningún trámite extra.

DGT carnet 17

Las condiciones del acompañante: quién puede ir de copiloto

No vale cualquier persona al lado. La normativa fija un retrato robot muy concreto del acompañante:

  • Edad mínima: 24 años cumplidos.
  • Experiencia: debe tener el permiso B desde al menos cinco años antes de ejercer como tutor.
  • Antecedentes limpios: no puede haber sido privado del derecho a conducir en los últimos cinco años.
  • Sobriedad total: está prohibido acompañar bajo los efectos del alcohol o las drogas.

Además, la directiva permite que cada Estado miembro añada requisitos propios. Es decir, cuando la ley llegue al BOE, es posible que España exija algún otro filtro —por ejemplo, un parentesco o una declaración responsable—. La DGT aún no ha cerrado ese capítulo.

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El código 98.02 y las diferencias con otros países europeos

El código 98.02 es el estándar comunitario para la conducción acompañada. Países como Alemania o Francia ya tienen fórmulas parecidas desde hace años. De hecho, en el debate previo a la directiva, varios Estados miembros pidieron extender la medida a los camiones. España y otros países se opusieron, y al final Bruselas dejó libertad para que cada uno decida si aplica o no esa ampliación. Por ahora, en España solo será para turismos y vehículos ligeros.

Obtener el carnet a los 17 años no es un cheque en blanco: la conducción acompañada será obligatoria hasta los 18 y el tutor debe cumplir unos requisitos muy estrictos.

Mientras la DGT completa la transposición, lo más sensato es no lanzar las campanas al vuelo. La fecha de entrada en vigor (2028) puede cambiar si aparecen prórrogas o si el proceso legislativo se ralentiza. Lo que sí es seguro es que, cuando llegue, supondrá un cambio cultural importante: por primera vez en España se podrá conducir un coche sin haber alcanzado la mayoría de edad.

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Claves de la Normativa

  • A quién afecta: jóvenes que cumplan 17 años y quieran obtener el permiso B de conducir, con la obligación de ir acompañados hasta los 18.
  • Cifras a tener en cuenta: la fecha límite de transposición es el 26 de noviembre de 2028; el código 98.02 aparecerá en el reverso del carnet; el acompañante debe tener al menos 24 años y cinco años de experiencia con el permiso B.
  • Consejo para evitarlo: no hay infracción aún, pero la recomendación es estar atento al BOE a partir de 2027 para conocer los detalles exactos que fije la DGT y, si eres tutor, asegurarte de cumplir todos los requisitos desde el primer día.