Adelantar a un ciclista con el nuevo reglamento: la norma de los 20 km/h y la multa de 200 euros

La reforma del Reglamento General de Circulación obliga a bajar 20 km/h sobre el límite de la vía al adelantar a una bicicleta desde el 1 de octubre. Incumplir las condiciones del adelantamiento se castiga con 200 euros de multa.

Adelantar a un ciclista tendrá desde el próximo 1 de octubre un límite propio: 20 km/h menos que el máximo permitido en la vía.

La modificación del Reglamento General de Circulación, aprobada por el Gobierno y publicada en el BOE mediante el Real Decreto 518/2026, obliga a reducir la velocidad en 20 km/h respecto al límite de la carretera cuando se inicie la maniobra. Puedes consultar el texto normativo en el portal del BOE. En la práctica, si circulas por una vía limitada a 90 km/h, el adelantamiento tendrá que completarse como máximo a 70 km/h.

Qué cambia exactamente el 1 de octubre

Hasta ahora la maniobra se resolvía con sentido común y con la obligación de guardar una separación lateral suficiente. A partir del 1 de octubre de 2026, el reglamento añade una segunda condición medible: la velocidad. No basta con apartarse; hay que levantar el pie del acelerador.

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La medida afecta a cualquier vía, urbana o interurbana, y a cualquier conductor que se encuentre con una bicicleta por delante. El cálculo es sencillo: resta 20 km/h al límite de la carretera y ese es tu techo durante el adelantamiento. Si no puedes hacerlo con seguridad dentro de ese margen, la maniobra no se hace.

Si la vía está limitada a 90 km/h, tu adelantamiento tiene un techo: 70 km/h. Frenar al ver al ciclista no es opcional.

El motivo es puramente físico. A más velocidad, menos tiempo de reacción y más grave cualquier desviación del ciclista. La norma busca rebajar el ritmo justo en el momento de mayor riesgo, cuando el vehículo y la bicicleta comparten el mismo tramo de asfalto.

Cuándo la maniobra es legal y cuándo te cuesta 200 euros

Que el reglamento fije un techo de velocidad no significa que puedas adelantar siempre que bajes el ritmo. La maniobra sigue condicionada a tres cosas: que haya visibilidad suficiente, que el ciclista no tenga que apartarse ni frenar para dejarte sitio y que exista separación lateral entre el vehículo y la bicicleta durante todo el adelantamiento.

Ojo con los tramos donde no se ve: curva, cambio de rasante, paso de peatones o cualquier punto en el que no controles el tráfico que viene de frente. Ahí no hay margen. Si no hay visibilidad, no se adelanta, por mucho que reduzcas hasta los 70 km/h.

La sanción por incumplir las condiciones del adelantamiento se mantiene en 200 euros, que se quedan en 100 euros si pagas en los 20 días siguientes a la notificación. Es una infracción grave, con detracción de puntos del carnet, así que el golpe no se queda solo en el bolsillo.

Hay un detalle que muchos conductores pasan por alto: el pronto pago cierra la puerta a alegar. Si tienes dudas sobre la medición, sobre la señalización del tramo o sobre la situación real de la vía, valóralo antes de pagar con descuento.

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Y no es solo una cuestión de recaudación. Un adelantamiento mal medido a un ciclista es una de las maniobras con más probabilidad de acabar en un siniestro con consecuencias graves, y el margen de 20 km/h existe precisamente para reducir ese riesgo.

Qué más entra en vigor y qué queda pendiente

La reducción de 20 km/h no viaja sola. El Real Decreto 518/2026 trae más novedades para el mismo 1 de octubre. Cuando una retención obligue a circular a paso de peatón o a detenerse, los conductores deberán apartarse y formar el pasillo de socorro para que puedan avanzar ambulancias, bomberos y policía. La posición de cada vehículo depende del número de carriles por sentido, y el objetivo es que el hueco esté listo antes de que suene la sirena. La DGT ya había anunciado esta modificación como parte de la reforma del reglamento.

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No todo llega a la vez. El uso obligatorio del alumbrado durante el día para los vehículos de movilidad personal queda para el 1 de octubre de 2027, y las especificaciones técnicas de los guantes de protección para motoristas siguen pendientes de una orden ministerial. La reforma se aplica por fases, así que conviene tener claro qué exige ya y qué llegará más adelante para no llevarse un susto en un control.

En cuanto a la bici, la clave está en la anticipación. Mira lejos, calcula si puedes completar la maniobra dentro del margen de velocidad, comprueba que tienes espacio lateral y no lo intentes si el ciclista sube una cuesta o si la calzada es estrecha. Si dudas, espera: perder treinta segundos sale mucho más barato que 200 euros y unos cuantos puntos.

El próximo hito del calendario será el 1 de octubre de 2027, con el alumbrado diurno obligatorio para los VMP. Para lo demás, la foto ya está hecha: desde esta semana, cruzarse con una bicicleta exige menos velocidad y más cabeza.

Claves de la Normativa

  • A quién afecta: a cualquier conductor que adelante a un ciclista, en vías urbanas e interurbanas y con independencia del tipo de vehículo que lleve.
  • Cifras a tener en cuenta: 20 km/h por debajo del límite de la vía (90 km/h se traduce en 70 km/h); 200 euros de multa y 100 euros con pronto pago en 20 días; entrada en vigor el 1 de octubre de 2026.
  • Consejo para evitarlo: comprueba visibilidad, separación lateral y velocidad antes de iniciar la maniobra. Si falla una de las tres, espera al siguiente tramo recto.