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    ¿Es diferente el límite de velocidad si conduzco un vehículo mixto?

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    ¿Es diferente el límite de velocidad si conduzco un vehículo mixto?

    Efectivamente, teniendo en cuenta que el vehículo mixto es un automóvil especialmente dispuesto para el transporte, simultáneo o no, de mercancías y personas hasta un máximo de 9 plazas, incluido el conductor, y en el que se puede sustituir eventualmente la carga, parcial o totalmente, por personas mediante la adición de asientos, los límites de velocidad son menores que para un turismo.

    Por ello, es muy importante conocer que se está conduciendo un vehículo catalogado como vehículo mixto -además de por las características, también constará en la tarjeta de inspección técnica- para ajustar la velocidad al límite fijado para este tipo de vehículos, que como se ha indicado es inferior al límite existente para los turismos o motocicletas.

    Así, el límite para los vehículos mixtos en autovías o autopistas será de 100 km/h; en las carreteras convencionales con un arcén pavimentado de más de 1,50 metros de ancho será de 90 km/h; y en el resto de las vías, fuera de poblado, será de 80 km/h.