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Requisitos para homologar tu furgoneta como camper

El sueño de todo manitas viajero es preparar su propia camper, poder diseñarla a su gusto y ahorrase un buen dinero en el proceso. Si eres de esas personas habilidosas, podrás disfrutrar de camperizar tu propia furgo y diseñar a medida tu casa sobre ruedas. Pero en el proceso de camperización no todo es coger el taladro, también tendrás que pasar por una serie de papeleos para poder circular con tu nueva camper.

Lo más difícil de este proceso de homologación es tener claro qué trámites son necesarios y cuál es la normativa vigente en cada momento. La camperización de una furgoneta es una remodelación sustancial de un vehículo, y como tal tiene que cumplir una serie de normas. Debes homologar tu camper antes de pasar la ITV y todas las modificaciones deben aparecer en la ficha técnica.

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¿Qué papeles son necesarios?

camper

Para que todos los cambios aparezcan correctamente reflejados en la ficha técnica, es necesario contar con informes y certificados realizados por personas cualificadas. Los papeles que necesitarás reunir son los siguientes:

  • Proyecto Técnico: en él aparecen reflejadas todas las instalaciones que se realicen en el vehículo. Tienen que estar identificadas con los códigos de reforma asignados por el Manual de Reformas de Vehículos. Tiene que ir acompañado de planos antes y después de la reforma, realizados por un ingeniero técnico industrial colegiado.
  • Informe de Conformidad: Un laboratorio de automóviles, en base al Proyecto Técnico, desarrolla el informe de conformidad de tu camper.
  • Certificado de dirección final de obra, asevera que todas las reformas se han realizado según el Informe de Conformidad y el proyecto técnico, lo debe realizar el mismo ingeniero técnico responsable del proyecto.
  • Certificado de Taller: se consigue siguiendo el modelo que aparece en el anexo III del Real Decreto 866/2010. En él se indicarán las referencias de cualquier sistema incluido o modificado en la furgoneta. Lo emite el taller responsable de la obra.
  • Informe instalación eléctrica: varía según la comunidad autónoma. Un instalador autorizado deberá rellenar, firmar y sellar este modelo.
  • Certificado de gas: si tienes instalación de gas necesitarás un certificado que siga el criterio del Real Decreto 919/2002. También tiene que ir firmado por personal autorizado.