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La multa a la que te enfrentas si tu hijo de 16 años lleva un monopatín eléctrico

¡Cuidado con las multas! Efectivamente, el monopatín eléctrico es un medio de movilidad que está en auge, ya que es fácil de transportar, evita atascos y es económico. De acuerdo a la normativa publicada por la DGT el año pasado, el monopatín eléctrico pasó a ser considerado como Vehículo de Movilidad Personal (VPM). Por ende, con esta ley se categorizan como vehículos y los usuarios deben cumplir las normas de circulación, al igual que los conductores de motos y coches.

A continuación, en el artículo te daremos más detalles sobre esta disposición que alerta a los usuarios.

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Edad mínima para conducir un monopatín eléctrico

Edad mínima para conducir un monopatín eléctrico

Concretamente, en la normativa que entró en vigor en enero de 2021, se fijó como edad mínima los 16 años para poder conducir un monopatín eléctrico. Por ello, los adolescentes únicamente pueden utilizarlos en espacios cerrados al tráfico, como plazas o parques y bajo la vigilancia y responsabilidad de un adulto. Ahora bien, el acceso al carnet AM (ciclomotores de dos o tres ruedas y cuatriciclos ligeros) es a partir de los quince años cumplidos, mientras que quienes ya tengan los dieciséis podrán obtener el carnet A1 (motocicletas con una cilindrada máxima de 125 cm³ y potencia máxima de 11 kW).