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¿Me pueden multar por aparcar la moto en la acera?

Movernos por la gran ciudad en moto es algo cada vez más habitual, sobre todo cuando llegan los meses con mejor tiempo. Y aunque la inmensa mayoría de los usuarios de ciclomotores y motocicletas son escrupulosos con las normas de tráfico, hay un porcentaje de ‘pilotos’ que todavía se la juega entre los coches en atascos, o siguen haciendo auténticas piruetas para ganar tiempo y situarse en la primera línea del semáforo para salir los primeros. Además, en muchos casos, al llegar al destino tiran literalmente la moto en la acera. Y llega la pregunta del millón: ¿Me pueden multar por aparcar la moto en la acera?

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La multa por aparcar en la acera de manera indebida

Tampoco nos permitirán dejar el vehículo de dos o tres ruedas en cualquier sitio. Deberá estacionarse de manera lógica, sin obstaculizar el paso de los peatones o salidas de negocios, garajes o domicilios. Si la acera es pequeña dejaremos las motos en paralelo, mientras que si es lo suficientemente grande (más de 6 metros) las podremos estacionar en ángulo o semibatería.

Asimismo no puedes estacionar la moto en áreas de protección peatonal, como pueden ser las establecidas por razones de seguridad, transporte público, movilidad reducida, paradas de taxi, tapas de registro o alcantarillado o contenedores de residuos, por poner algunos ejemplos.

Hay que señalar que si aparcamos la moto de manera inadecuada estamos cometiendo una falta leve y la multa a pagar será de 100 euros. Eso sí, si al dejarla constituye un riesgo para los peatones, la falta sería ya grave y el importe de la sanción se incrementará hasta los 200 euros.

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