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Hasta 6.000 euros de multa si te pilla la DGT estando de baja

Quizás no habías caído en esto, pero estando de baja no siempre vas a poder conducir y si lo haces con ciertas enfermedades, te puede caer una multa gorda. La baja laboral la expide un médico y determina que un trabajador tiene un problema de salud concreto que le impide trabajar durante un periodo de tiempo determinado, ya sea un problema físico o mental.

Ciertas lesiones muy habituales, como la ansiedad o la lumbalgia, son incompatibles con la conducción, por lo que tienes que tener mucho cuidado a la hora de ponerte al volante estando de baja. Si la enfermedad por la que coges la baja está legalmente reñida con la conducción puedes tener problemas. Por ello es mejor tener claro con que enfermedades no se puede conducir.

Motivos que impiden conducir

En un primer lugar debe primar el sentido común para saber si tu estado te permite conducir o no. Si crees que las dolencias que sufres no te permiten conducir correctamente, entonces no deberías conducir. Hay casos obvios como una rotura de hueso o la pérdida de visión.

La legislación de la DGT es estricta al respecto: “los conductores deberán estar en todo momento en condiciones de controlar sus vehículos” y “mantener su propia libertad de movimientos para garantizar su propia seguridad, la del resto de ocupantes del vehículo y la de los demás usuarios de la vía”. Si un agente te para estando de baja y considera que tu enfermedad no te permite controlar el vehículo con seguridad, te puede multar.

Castigo de 100 euros por distracción al volante