La multa de 500 euros de la Guardia Civil por usar el móvil aunque circules por debajo de 120 km/h

Si te pillan con el teléfono en la mano, aunque vayas por debajo del límite, la multa puede escalar a 500 euros por conducción negligente. Te contamos cuándo se aplica, cómo evitar la sanción y qué pierdes.

Coger el móvil mientras conduces te puede costar 500 euros y 6 puntos del carnet, aunque circules por debajo de los 120 km/h. La Guardia Civil de Tráfico ha dejado claro este verano que la velocidad no atenúa la infracción: si sujetas el teléfono con una mano o lo manipulas, la sanción puede dispararse más allá de los clásicos 200 euros por distracción simple.

La clave está en la calificación del agente. No es lo mismo un vistazo fugaz al GPS bien anclado —conducta que la DGT desaconseja pero que no siempre implica multa— que sujetar el terminal, teclear o deslizar la pantalla. Según el artículo 18 del Reglamento General de Circulación, el conductor debe mantener la libertad de movimientos y la atención permanente; si no lo hace, la infracción pasa de grave a muy grave en función de la negligencia o el riesgo creado.

Qué dice la ley y cuándo saltan los 500 euros

El marco normativo es claro. Usar un dispositivo de telefonía móvil mientras se conduce, sujetándolo con la mano o manteniéndolo entre la cabeza y el hombro, es infracción grave. La sanción base asciende a 200 euros y la detracción de 6 puntos desde la reforma de la Ley sobre Tráfico en 2021. Ahora bien, si el gesto va acompañado de una conducción que el agente considera negligente —por ejemplo, sostener el móvil en una incorporación o teclear durante varios segundos aunque la velocidad sea legal— la escalada a 500 euros es inmediata.

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Esa es precisamente la situación que repasa la Benemérita en sus notas de vigilancia de este verano: pisar el freno no compensa el hecho de tener el móvil en la mano. El helicóptero Pegasus y los radares no son los únicos ojos puestos en el asfalto; los agentes de paisano en vehículos camuflados enfocan su labor en las distracciones al volante, y el uso del teléfono es la más perseguida.

Cómo evitarla sin renunciar a la conectividad

La tecnología a bordo ha avanzado lo suficiente como para que manipular el teléfono resulte innecesario. Estas son las opciones que, según la DGT, permiten mantener la atención sin riesgo de sanción:

  • Altavoz por Bluetooth integrado en el coche o en un dispositivo manos libres homologado. La voz manda, los dedos no tocan la pantalla.
  • Soporte de parabrisas o salpicadero bien anclado. Si el móvil está fijo y solo se pulsa para aceptar una llamada entrante con un toque breve, la probabilidad de sanción es mínima; pero ojo: si el agente aprecia que el uso distrae (pantalleo continuo, respuesta a mensajes), puede considerarlo negligente.
  • Stop seguro antes de tocar nada. Si necesitas cambiar la ruta del GPS o contestar un wasap, detén el vehículo en un lugar habilitado. Ni el arcén de una autovía ni un semáforo en rojo valen como zona de parada legal.

Además, conviene recordar que el manos libres clásico —auricular con un solo botón— sigue estando permitido, aunque la DGT lleva años recomendando no usarlo si obliga a desviar la atención.

No te confíes por ir despacio: la multa de 500 euros por usar el móvil se mantiene aunque circules a 80 km/h. La Guardia Civil de Tráfico no mide el peligro con el velocímetro, sino con la conducta.

De la multa al recurso: lo que conviene saber

Si te llega la denuncia con un importe de 500 euros y 6 puntos, el primer paso es verificar si el agente ha descrito la maniobra como negligente o solo como uso del móvil. En la segunda opción, la multa debería ser de 200 euros y la pérdida de puntos se mantiene en 6. Valora alegar si la descripción es vaga o si el aparato estaba correctamente anclado y no manipulabas la pantalla.

Mano sujetando móvil al volante en primer plano nítido
Una mano sujetando un móvil al volante. Fuente propia/IA

Recuerda que el pronto pago —en los 20 días siguientes a la notificación— reduce la cuantía a la mitad: 250 euros si es muy grave, 100 euros si es grave. Eso sí, pagar pronto implica renunciar a alegar, así que piensa bien si tienes argumentos sólidos antes de abonar.

Las alegaciones hay que dirigirlas a la Jefatura Provincial de Tráfico que figura en la multa, adjuntando pruebas (foto del soporte, testigos) y un escrito claro. No es necesario abogado, pero conviene usar un modelo homologado. Los plazos: 20 días naturales para el pronto pago o para presentar alegaciones; si se recurre en vía administrativa y se deniega, se abre la puerta al contencioso.

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Ficha de la Multa

  • A quién afecta: a todo conductor, particular o profesional, que manipule un dispositivo de telefonía móvil mientras conduce, incluso con el vehículo en movimiento bajo el límite de velocidad.
  • Cifras a tener en cuenta: sanción grave base: 200 euros (100 € con pronto pago) y retirada de 6 puntos. Si el agente aprecia negligencia, la multa escala a 500 euros (250 € con pronto pago) y mismos 6 puntos. Plazo para alegar o pagar: 20 días naturales desde la notificación.
  • Consejo para evitarlo: deja el móvil en la guantera o en un soporte fijo y no lo toques hasta que el coche esté completamente parado en un área de descanso. El manos libres por voz es la única alternativa segura y legal mientras circulas.