Los guantes de moto son obligatorios en carretera desde el 1 de octubre, con multa de 200 euros. Hasta ahí, todo claro. El problema es la otra mitad de la historia: la orden ministerial que debe decidir qué guantes valen sigue sin publicarse.
Traducido al arcén: te pueden multar por circular sin guantes por una carretera, pero no por llevar unos que no luzcan un sello determinado, porque ese sello todavía no está definido en ninguna parte. La norma arranca con un agujero del tamaño de una mano.
Y hay algo más urgente que los 200 euros. Unos guantes de trabajo, de lana o de ciclismo no están fabricados para aguantar la abrasión del asfalto a 90 km/h. Cuando alguien se cae, las manos van primero. Es un reflejo, no una decisión.
Qué dice exactamente la norma
El nuevo artículo 118.1.b del Reglamento General de Circulación, reformado por el Real Decreto 518/2026, exige ‘guantes de protección cuando circulen por vías interurbanas’. Y añade que la persona titular del Ministerio del Interior podrá, por orden, establecer las especificaciones técnicas que habrán de cumplir dichos guantes. Esa orden no existe, y no aparece ni en el BOE ni en la web oficial de la DGT.
Para tapar el hueco, la disposición transitoria segunda del decreto dice que, hasta que entre en vigor, ‘se utilizarán guantes de protección de las mismas características que los que se usan en la actualidad’. O sea: la norma pide protección sin definir qué es protección.
El decreto obliga a proteger las manos, pero deja en el aire la única pregunta que importa: protegerlas con qué.
El texto no habla solo de guantes. Estas son las obligaciones que arrancan el 1 de octubre:
- Guantes de protección en vías interurbanas, para conductor y pasajero de motocicleta, ciclomotor, triciclo, cuadriciclo y quad.
- Calzado cerrado que cubra todo el pie, en todas las vías, incluidas las urbanas.
- Multa de 200 euros, calificada como grave, en los dos supuestos.
Ojo con el detalle del calzado, porque se aplica también en ciudad. Es la parte que más motoristas urbanos han pasado por alto de toda la reforma.
Qué te pueden multar y qué no
Conviene separar lo que dice el texto de lo que uno interpreta. El texto obliga a llevar guantes de protección desde el 1 de octubre. La lectura razonable es que un agente puede denunciarte por ir sin guantes por carretera, pero no por llevar unos guantes de moto sin un sello concreto, porque ese sello no está definido en ninguna parte.

Eso no significa que valga cualquier cosa. La transitoria habla de guantes ‘de protección’ y apunta a las características de los que se usan hoy, así que la pregunta obvia es qué pasa con los de trabajo, los de lana o los de ciclismo. Técnicamente la zona gris está ahí, y quien decide en el arcén, una vez que te han dado el alto, es el agente.
La mayoría de los motoristas cree que la multa es el problema. No lo es.
Lo que de verdad importa es lo que pueden pasar tus manos en una caída. La palma es lo primero que toca el asfalto y una piel o un textil sin refuerzo se desgastan en muy poco espacio. Los guantes específicos de moto incorporan refuerzos, protecciones de nudillos y cierres de muñeca que evitan que el guante salga volando con el golpe.
EN 13594, la referencia que conviene mirar ya
Aunque la orden no haya salido, el mercado lleva años funcionando con una referencia clara. Los guantes de moto se venden en la Unión Europea como equipos de protección individual, con marcado CE, y se certifican según la norma EN 13594, específica para guantes de motorista. El decreto no la menciona y no sabemos si la orden la adoptará tal cual.
En la etiqueta interior o en la ficha del producto verás tres cosas:
- El pictograma de un motorista y la referencia EN 13594.
- El nivel de prestación, 1 o 2.
- Las letras KP, si el guante tiene protección de nudillos certificada.
El nivel 2 exige más en los ensayos de resistencia a la abrasión, al corte y al desgarro, y también en las costuras. Un guante de nivel 1 ya cubre el uso diario en ciudad; el nivel 2 tiene más sentido para carretera abierta. Antes de comprar, revisa el refuerzo de la palma, el deslizador de la base de la mano y el cierre de muñeca.
Por qué la norma nace coja
No es la primera vez que España regula equipamiento de moto con el calendario apretado y el desarrollo reglamentario a medio hacer. Con el casco pasó algo parecido: la obligación llegó antes que los criterios técnicos detallados. Con el chaleco reflectante, el debate sobre cuándo y cómo llevarlo sigue coleando años después.
Lo llamativo aquí es el orden de los factores. El decreto anuncia la fecha antes que el contenido técnico y deja la pieza clave, la orden ministerial, para después. El objetivo se entiende: cerrar el paso a circular en moto de cualquier manera. El problema es que el motorista que va a comprar guantes estos días no tiene respuesta a la pregunta más simple: ¿estos valen?
Mientras no se publique la orden, la recomendación práctica es sencilla: compra guantes de moto certificados según la EN 13594, mejor nivel 2 si haces carretera a diario. Quien compre ahora un guante certificado tendrá más papeletas de cumplir la futura exigencia.
La orden ministerial sigue pendiente y no hay fecha oficial para su publicación. También está por ver si incluirá un periodo de adaptación, algo que ni el decreto ni la DGT han aclarado. Cuando salga el texto, tocará volver a leer la etiqueta.
Tu Mecánico de Confianza
- Base legal: artículo 118.1.b del Reglamento General de Circulación, reformado por el Real Decreto 518/2026. Guantes de protección obligatorios en vías interurbanas desde el 1 de octubre de 2026.
- Alcance: conductor y pasajero de motocicleta, ciclomotor, triciclo, cuadriciclo y quad en interurbana; calzado cerrado en todas las vías.
- Sanción: 200 euros, infracción grave. Con el pago en los 20 días siguientes se reduce al 50%, es decir, 100 euros. El texto publicado no menciona pérdida de puntos para este supuesto.
- Herramienta útil: guantes certificados EN 13594, nivel 2 para carretera. Compruébalo en la etiqueta interior antes de pagar.
- Letra pequeña: la disposición transitoria segunda permite seguir usando guantes ‘de las mismas características que los que se usan en la actualidad’, una fórmula que deja la última palabra al agente que te da el alto.


