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Multas falsas: esto es lo que debes hacer y dónde acudir

En este post vamos a hablar acerca del tema de las multas falsas: esto es lo que debes hacer y dónde acudir.

Lo hacemos con el fin de que, cualquier conductor que reciba una multa, tenga claro cada uno de los procedimientos que se tienen que llevar a cabo.

Tenemos claro que el hecho de conducir excediendo en cierta manera los límites de velocidad impuestos después del consumo de alcohol son infracciones por las que nos pueden llegar a multar.

Además hay más infracciones que puede ser que sean desconocidas totalmente por los conductores pero aquí las vamos a ver todas.

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¿Qué es lo que tenemos que saber de las multas?

En el caso de que hayas recibido multas y estés pensando en abonarlas lo que tienes que tener en cuenta es que has de comprobar quién te ha llegado a poner la multa.

Es posible que la multa te la haya puesto la DGT aunque también puede ser que la multa haya sido impuesta por una Comunidad Autónoma o por un Ayuntamiento.

En el caso de que queramos proceder al pago de las mismas o reclamar o poner algún tipo de alegación habrá que dirigirse al organismo que se haya encargado de sancionarnos.

En caso de que las multas que nos hayan puesto haya sido por parte de la Dirección General de Tráfico tendremos la posibilidad de poder pagarla durante el periodo que se considera voluntario.

Este periodo va a comprender los primeros 20 días naturales desde que la denuncia fue notificada y, en algunos casos, puede llegar a implicar cierta reducción del importe de la multa en un 50%.

Cuando hayan pasado los 20 días de lo que se considera el periodo voluntario, empezará el periodo ordinario.

  • En el periodo ordinario se puede realizar el pago de la multa en el momento que se quiera.
  • Cuando haya transcurrido el plazo ordinario la sanción va a pasar a la Agencia Estatal de la Administración Tributaria.

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