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¿Me puede multar la DGT si no quito la bola de remolque de mi coche?

La bola de remolque, esto es el sistema de enganche para remolcar tu carro de carga, ha servido durante algún tiempo de caldo de cultivo para la polémica, de reclamo falso para talleres y unos cuantos bulos mas, contra los que la DGT y sus distintos departamentos y colaboradores, se han manifestado claramente, afirmando que no existe multa o sanción por no usarlo.

¿ Cuando, si, nos pueden multar ?

multa por la bola de remolque

La normativa no distingue entre bolas de remolque fijas, retráctiles y desmontables, con las que podremos llevar enganchada una caravana, plataforma, entre otros.

Aclarado esto, el reglamento general de circulación no presenta ninguna especificación concreta para que debamos retirar el enganche en caso de no usarlo. No obstante habremos de tener en cuenta otros artículos que hacen referencia al hecho de que este sistema de arrastre no puede impedir identificar el vehículo.

  • Si la bola de remolque impide o dificulta la lectura e identificación de la matrícula posterior del vehículo (artículo 9.2 de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial) La multa, considerada como grave, será de 200 euros
  • Si la carga transportada o los accesorios están dispuestos de manera que oculten los dispositivos de alumbrado o señalización luminosa, distintivos obligatorios, placas o advertencias manuales de los conductores

El agente de la autoridad será quién tenga la última palabra y determine si la bola de remolque impide o dificulta la visibilidad de la matrícula o dispositivos luminosos, aunque esta no lleve ningún aparato enganchado. Si bien es cierto que la mayor parte de las denuncias no prosperan, a no ser que se demuestre claramente la falta de visibilidad.