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Multa de la DGT y no te paran en el acto: ¿Es válida?

Todavía son muchos los conductores que piensan que, si un agente de la Dirección General de Tráfico (DGT) no te para y te notifica en el acto una multa, ésta ya será nula. Sin embargo, la realidad es tozuda y no es así exactamente.

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No existe obligación de que te paren en el acto

Es cierto que en la Ley se regula la exigencia de entregar la denuncia en el acto. Si un agente de la DGT, Policía Municipal, o cualquier estamento que tenga autoridad en materia de tráfico observa una infracción, debería ordenar al conductor del vehículo la detección del mismo, solicitarle la documentación, especialmente el permiso de conducción, y redactar la oportuna denuncia de manera presencial.

Sin embargo, es la propia norma la que establece las excepciones a esta obligación, donde, efectivamente, se permitiría denunciar una infracción sin detener al infractor. Y, por tanto, sin necesidad de entregarle la denuncia en ese momento. Y estos casos sí sería válida una denuncia que no fuera notificada en el momento.

Espalda