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Según la DGT, con estas enfermedades no vas a poder renovar el carnet de conducir

El estado de salud, tanto físico como mental, es un paso previo para la obtención o renovación del carnet de conducir, y ha de estar acreditado y certificado por la firma de un profesional homologado y autorizado por la DGT. Encargada de la renovación y concesión de estas licencias, la DGT pone el ojo en las distintas enfermedades incompatibles con el libre ejercicio de la conducción de vehículos a motor.

Patologías en el punto de mira

Cuadro de patologías que afectan al carnet de conducir

Atendiendo pues, a el grado de severidad en la patología, y siempre descrito en el mencionado informe medico, pudiera darse el caso de que la licencia de conducir fuera restringida o revocada. Es decir no es lo mismo atender el manejo de un vehículo, con un simple resfriado que con un estado de Parkinson avanzado, y tampoco, conducir con un marcapasos instalado que hacerlo con una hipertensión acentuada y con posibles riesgos de infarto o recién operado por causas cardiovasculares.

En base a esto y a la atención y reacción que un conductor debe prestar cuando circula, las crisis agudas o patologías que las hace propensas, y también las enfermedades progresivas, por el deterioro de la conciencia, suponen un riesgo para el conductor y el resto de usuarios.

La lista de la DGT recoge nueve categorías de enfermedades: vasculares, cardiacas, psiquiátricas, neurológicas, endocrinas, digestivas, respiratorias, oncológicas, crónicas y degenerativas.