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Conducir calentito en tu coche te puede costar una multa de la DGT

¿Sabías que la DGT puede multarte por ir con abrigo y bufanda? Aunque se ha retrasado más que otros años, ha llegado el momento de sacar del armario abrigos, bufandas, guantes, orejeras… y demás ropa de invierno para afrontar el clima helado que nos espera. Pero aunque esta ropa calentita sea apropiada en casi cualquier lugar para, entre otras cosas, evitar pilla un resfriado, hay otros en los que no es nada recomendable.

Uno de esos lugares donde no conviene ir tapado hasta la oreja, es el coche. Si vas a conducir con un abrigo enorme, con guantes u orejeras te puede caer una multa de hasta 200€, así que mejor tómate tu tiempo al subirte al coche y pon la calefacción.

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No conduzcas con botas de invierno

Según esta norma, cualquier tipo de atuendo que comprometa tu libertad de movimientos y ponga en riesgo tu seguridad, puede conllevar una sanción económica. Por eso no es recomendable el uso de estas prendas de invierno al volante. No es necesario pasar frío dentro del coche, basta con encender la calefacción y esperar un poco hasta que se caliente.

Si coges este hábito vas a conseguir conducir más seguro y cómodo este invierno. También ten en cuenta qué calzado eliges para conducir. Si bien no está nada recomendado conducir con chanclas en verano, o con tacones, tampoco están recomendadas las botas de invierno para la conducción. Es un tipo de calzado muy rígido que restringe la movilidad del pie sobre los pedales, además su gruesa suela hace que el conductor pierda sensibilidad sobre los pedales, haciéndolo más propenso a superar la velocidad o dar frenazos bruscos.