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Conducir calentito en tu coche te puede costar una multa de la DGT

¿Sabías que la DGT puede multarte por ir con abrigo y bufanda? Aunque se ha retrasado más que otros años, ha llegado el momento de sacar del armario abrigos, bufandas, guantes, orejeras… y demás ropa de invierno para afrontar el clima helado que nos espera. Pero aunque esta ropa calentita sea apropiada en casi cualquier lugar para, entre otras cosas, evitar pilla un resfriado, hay otros en los que no es nada recomendable.

Uno de esos lugares donde no conviene ir tapado hasta la oreja, es el coche. Si vas a conducir con un abrigo enorme, con guantes u orejeras te puede caer una multa de hasta 200€, así que mejor tómate tu tiempo al subirte al coche y pon la calefacción.

Prohibido conducir con guantes u orejeras

Aunque existen guantes específicos para conducir, estos no tienen nada que ver con los guantes que utilizamos para resguardarnos del frío. Los guantes de invierno suelen ser de materiales que resbalan, como la lana, o tener una densidad muy gruesa que nos impiede agarrar con fuerza. Por eso no son nada recomendables para la conducción y te arriesgas a la misma sanción que en el caso de la abrigo.

Estos guantes impiden sujetar con seguridad el volante y también dificultan el cambio de marcha. Son tan peligrosos como el uso de orejeras, que también podría ser sancionable, pues aíslan al conductor del entorno sonoro que rodea al vehículo poniendo en peligro la seguridad vial.

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