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3 condiciones que pone la DGT para que puedas ir con tu moto por el arcén sin que te multen

¿Tienes moto?, pues esto te interesa: 3 condiciones que pone la DGT para que puedas ir con tu moto por el arcén sin que te multen.

Los conductores de moto saben bien que no pueden circular por donde quieran y que en todo momento han de respetar las normas que imponen las autoridades encargadas.

Por esto mismo en este artículo vamos a hablar de unas condiciones que está poniendo este organismo para que una moto pueda conducir tranquilamente por la zona del arcén.

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La DGT te permite circular con tu moto por el arcén con excepciones

En el caso de que tengas una moto y quieras circular por la zona del arcén vas a tener que fijarte bien en lo que dice la Dirección General de Tráfico.

El organismo de la DGT entiende que en ocasiones hay vehículos que tienen que conducir por el arcén porque, de esta forma, se obtiene una gran fluidez del tráfico y no se producen congestiones en las carreteras.

Pero el sector de las motos tiene que saber que se deberán de dar algunas circunstancias para que puedan utilizar el arcén sin que reciban una sanción por parte de las autoridades encargadas.

Una condición que pone la DGT es que la vía en la que la moto se encuentre ha de tener retención de tráfico que le impida continuar la marcha con total normalidad.

Cuando las motos estén circulando por el arcén tendrán que ir a una velocidad máxima de unos 30 km/h según lo que estipula la ley actual porque, en el caso de que la superen, los conductores de las mismas serán sancionados.

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