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Las bicicletas eléctricas, exentas del seguro obligatorio

Las bicicletas eléctricas están en el limbo de la regulación de la movilidad. Según una sentencia reciente del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE), este tipo de vehículo particular está exento de tener un seguro obligatorio pese a utilizar las mismas vías que los coches y motocicletas, entre otros.

El quid de la cuestión se centra en el término vehículo y si la bicicleta eléctrica cumple con la definición estipulada. El TJUE apunta a la directiva de 2009 del Parlamento y del Consejo Europeo para eximir a estos de un seguro de responsabilidad civil. Y es que, para considerarlo un vehículo, la maquinaria debería accionarse únicamente con fuerza mecánica y no es el caso de las bicicletas eléctricas, a pesar de que pueden circular a una velocidad de 20 km/h sin ayuda del pedal y provocar daños importantes a terceros. Pero no son comparables con los causados por coches, camiones y otros vehículos de tracción mecánica.

La directiva europea ponía la protección de las víctimas de accidentes de tráfico en el centro del espíritu de la normativa. Por esta razón, se queda fuera del seguro obligatorio, que sí lo es para coches, motocicletas y camiones, entre otros.

La cuestión es crucial dado que se dirimió la disputa entre dos aseguradoras, KBC Verzekeringen NV y P&V Verzekeringen CVBA

El TJUE se ha pronunciado así a raíz del caso de un ciclista que falleció meses después por las secuelas de un atropello. La cuestión elevada por el tribunal belga a la Justicia Europea se centró en si la bicicleta se podía considerar un vehículo, más cuando el motor de la bicicleta sólo ayudaba al pedaleo.

EL ENFRENTAMIENTO DE DOS ASEGURADORAS POR LA BICICLETA ELÉCTRICA

La cuestión es crucial dado que se dirimió la disputa entre dos aseguradoras, KBC Verzekeringen NV y P&V Verzekeringen CVBA. La primera exigió la indemnización a la segunda por los daños causados. No obstante, esta misma normativa va a cambiar este próximo mes de diciembre, modificando la definición de vehículo, cuya definición será la de todo «automóvil accionado exclusivamente mediante una fuerza mecánica». Asimismo, se darán a conocer otras especificaciones técnicas, como el peso y la velocidad, para evitar malentendidos.

La polémica sobre este caso está más que servida. Si el conductor de una bicicleta tuviera la culpa de un accidente, quién se haría cargo de los daños e indemnizaciones ocasionados. Esta cuestión es muy conveniente a la hora de analizar la movilidad urbana, debido a que en carretera es el ciclista quien suele llevarse la peor parte, incluso cuando se realizan maniobras peligrosas, como bajadas en montaña y sin respetar ni la señalización ni la distancia de adelantamiento o de seguridad.

DISCREPANCIAS EN TRANSPORTES Y JUSTICIA POR LA BICICLETA

El Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana, dirigido por Raquel Sánchez, puso en marcha un plan de fomento y uso de la bicicleta urbana el pasado año. La medida se dotó con 600 millones procedentes de los fondos europeos, pero la medida que iba a ser un bálsamo para fabricantes y aficionados tenía un gran ‘pero’ por parte del Ministerio de Economía, dirigido por Nadia Calviño, y por el de Justicia, con Pilar Llop al frente.

Estas dos últimas titulares exploran la posibilidad de modificar la normativa para introducir tanto a los patinetes como bicicletas eléctricas como vehículos de movilidad personal, que obligaría a la contratación de un seguro obligatorio. Los ciclistas y fabricantes pusieron el grito en el cielo por la posibilidad de tener que hacer frente a los posibles daños que pudieran causar, bajo la excusa de que sería disuasorio para el uso.

Bicicletas electricas 5 Motor16

Sin embargo, este seguro no solo cubriría daños a terceros, sino también en caso de robo. En los últimos meses, los seguros para bicicletas eléctricas se han disparado, con una abundante oferta debido también al precio de estos vehículos.

SIN SEGURO NI IMPUESTOS PESE A CIRCULAR POR CARRILES EXCLUSIVOS

Asimismo, algunas voces de la movilidad abogan por un seguro obligatorio para ciclistas, especialmente por los accidentes producidos en ciudad -saltarse semáforos en rojo, cruzar o realizar giros prohibidos, entre otros-, y hay quien pide también el impuesto de matriculación y circulación.

Por un lado, a un ciclista no se le puede identificar cuando realiza una maniobra prohibida, como tampoco realiza el preceptivo pago por el impuesto de circulación, como sí tienen que abonar camiones, coches y otros vehículos de movilidad. En este sentido, utilizan las vías, así como carriles que hay que mantener cada año para poder circular sin sobresaltos. No obstante, no realizan ningún tipo de pago adicional, pese a ser sus carriles exclusivos. Y sí, el deterioro de estos carriles es visible a lo largo del tiempo.

De esta forma, se pide que también los ciclistas tengan un seguro obligatorio y las mismas responsabilidades que los vehículos de carretera. Por ahora, hay bula para ellos.