El 1 de octubre de 2026 entra en vigor la reforma más profunda del Reglamento General de Circulación de los últimos años. Aprobada por el Consejo de Ministros a finales de junio, el texto introduce obligaciones que afectan a todos: conductores de coche, motoristas, ciclistas y, por primera vez con rango claro, usuarios de patinetes eléctricos. La más comentada: adelantar a un ciclista sin reducir la velocidad 20 km/h y sin dejar 5 metros de separación te costará 200 euros.
Qué cambia a partir del 1 de octubre
La reforma se publicó en el BOE tras el acuerdo del Consejo de Ministros y toca varios artículos del Reglamento. Lo esencial, en pocas líneas:
- Adelantamiento a ciclistas: cuando circules por una vía con un carril por sentido, tienes que reducir la velocidad al menos 20 km/h respecto al límite máximo de la vía. Además, la distancia lateral mínima con la bicicleta será de 5 metros. Si no cumples, la multa alcanza los 200 euros.
- Patinetes eléctricos: la edad mínima para conducir un vehículo de movilidad personal (VMP) sube a 15 años. Quedan fuera los menores de esa edad, incluso en ciudad.
- Chaleco reflectante y alumbrado: todos los usuarios de patinetes deben llevar chaleco de alta visibilidad por la noche o con baja visibilidad y circular siempre con el alumbrado encendido. No es una recomendación: es obligatorio.
- Motoristas y resto de conductores: también hay ajustes de redacción que refuerzan la prioridad de los ciclistas en determinadas maniobras, aunque los grandes titulares se los llevan los patinetes y los adelantamientos.
La DGT ha insistido en que esta puesta al día del Reglamento responde al aumento de los desplazamientos en bicicleta y VMP en los últimos cinco años. En la información oficial de la DGT se recuerda que las cifras de siniestralidad con ciclistas implicados han crecido y que la reforma busca reforzar su protección.
Multas y sanciones: lo que te costará no cumplir
Aquí viene el dato concreto que más preocupa al conductor de a pie. Según refleja el texto del BOE, estas son algunas de las sanciones que contempla la reforma:
- Adelantar sin distancia o sin reducción de velocidad: infracción considerada grave. 200 euros de multa. En carretera convencional, además del riesgo de accidente frontal, te expones a la sanción completa si no levantas el pie.
- Circular en patinete siendo menor de 15 años: la sanción recae sobre los padres o tutores legales. La cuantía puede variar según la ordenanza municipal correspondiente, pero la infracción a la norma estatal habilita a los agentes de la Guardia Civil de Tráfico a denunciar.
- No llevar chaleco reflectante de noche en patinete: sanción de hasta 80 euros, similar a la que ya existe para ciclistas en caso de incumplir la obligación de visibilidad.
En todos los casos, si pagas la multa en los 20 días siguientes a la notificación, te ahorras el 50% del importe, pero pierdes el derecho a alegar. El carnet de puntos, de momento, no se ve afectado por estas nuevas infracciones, aunque la DGT podría revisar este aspecto en el futuro.
El contexto de la reforma: por qué ahora
No es un cambio aislado. La reforma del Reglamento General de Circulación de octubre de 2026 es la respuesta legislativa a una realidad que en España ha cambiado deprisa. En 2020 los patinetes eléctricos apenas tenían regulación estatal clara; en 2026 son parte del paisaje urbano cotidiano, con un parque que supera los dos millones de unidades según estimaciones del sector.
La edad mínima de 15 años era una reclamación recurrente de ayuntamientos y asociaciones de seguridad vial. Hasta ahora, muchos municipios fijaban el límite en 16 años mediante ordenanzas, pero la dispersión normativa generaba confusión. La norma estatal unifica el criterio y fija un suelo común para todo el territorio.

En cuanto al adelantamiento a ciclistas, la reforma endurece lo que ya recogía el Reglamento desde 2015. Antes se exigía mantener una distancia lateral de 1,5 metros, sin mención explícita a la reducción de velocidad. Ahora la separación se amplía a 5 metros y además se obliga a levantar el pie del acelerador al menos 20 km/h antes de rebasar. Es un salto cualitativo: de una recomendación interpretable a una obligación concreta y sancionable.
Eso sí, la reforma no se para aquí. El Gobierno ya ha anunciado que trabaja en un desarrollo posterior del Reglamento para regular la circulación de VMP por vías interurbanas, algo que hoy está en un limbo legal. Conviene no bajar la guardia y revisar el BOE de forma periódica si usas patinete o bicicleta a diario.
El problema no es para los que se sacan el carnet ahora, sino para los que ya lo tienen: conviene ponerse al día antes de que el desconocimiento te cueste 200 euros.
Claves de la Normativa
- A quién afecta: a todos los conductores de coche, moto, bicicleta y patinete eléctrico. La reforma del Reglamento General de Circulación no distingue entre noveles y veteranos: entras o no entras en la infracción, sin excusas de desconocimiento.
- Cifras a tener en cuenta: 200 euros de multa por adelantar a ciclistas sin reducir 20 km/h y sin dejar 5 metros de separación. 80 euros por circular en patinete sin chaleco reflectante de noche. Edad mínima para VMP: 15 años. Todo entra en vigor el 1 de octubre de 2026.
- Consejo para evitarlo: interioriza la nueva regla cada vez que circules por carretera convencional: levanta el pie, deja espacio y no rebases hasta que la distancia sea total. Si usas patinete, comprueba la edad del usuario y equipa siempre chaleco y luces antes de que caiga la noche.

