Las motos podrán circular por el arcén en los atascos desde el 1 de octubre: requisitos y multas

La reforma del Reglamento General de Circulación entra en vigor el 1 de octubre y exige tramos señalizados, tráfico detenido y un máximo de 30 km/h. Incumplir estas condiciones supone una multa de 200 euros, sin que el arcén se convierta en un carril libre.

Las motos podrán circular por el arcén en atascos desde el 1 de octubre, solo en tramos señalizados y a 30 km/h. El cambio llega con el Real Decreto 518/2026, publicado en el BOE, y reforma el Reglamento General de Circulación para reducir los alcances en caravanas y aliviar los accesos a las grandes ciudades. No se trata de un permiso libre: el arcén sigue siendo, ante todo, una franja de seguridad.

Lo que necesitas saber

  • Por qué es importante: la reforma del Reglamento General de Circulación permite a las motos usar el arcén derecho en atascos desde el 1 de octubre.
  • Cómo te afecta: solo podrás circular por el arcén si el tramo está señalizado, el tráfico está completamente detenido y no superas los 30 km/h.
  • Puntos clave y plazos: la norma entra en vigor el 1 de octubre; circular por tramos sin señalizar o superar los 30 km/h se sanciona con 200 euros.

Qué cambia exactamente con el Real Decreto 518/2026

La reforma, aprobada por el Gobierno en junio y publicada en el BOE el 26 de junio, modifica el artículo 36 del Reglamento General de Circulación. Desde el 1 de octubre, los motoristas podrán hacer uso del arcén derecho en situaciones de congestión, pero no de forma libre ni en cualquier vía. El uso será extraordinario y estará sujeto a condiciones específicas.

El objetivo es limitar el riesgo de alcance en caravanas y repartir mejor la carga de tráfico en las entradas y salidas de las grandes ciudades, donde los atascos son frecuentes a primera hora y al final de la jornada. Para que un tramo sea utilizable, el titular de la vía y la Dirección General de Tráfico, o la autoridad autonómica o local competente, deben autorizarlo expresamente. Además, el tramo necesitará la señalización vertical y las marcas viales correspondientes.

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La norma insiste en que el arcén no se convierte en un carril adicional. Se mantiene como espacio de emergencia y de prioridad para otros usuarios, por lo que el motorista solo podrá entrar cuando se cumplan todos los requisitos y, si aparece un obstáculo, tendrá que volver a la calzada principal.

La modificación se enmarca en un esfuerzo más amplio por reducir la siniestralidad de los motoristas, uno de los colectivos más expuestos en carretera. El retraso entre la publicación en el BOE, el 26 de junio, y la entrada en vigor el 1 de octubre pretende dar tiempo a las administraciones para aplicar la señalización y a los conductores para conocer las nuevas reglas.

Requisitos para circular por el arcén con la moto

El primer requisito ineludible es que el tramo esté señalizado. Si hay atasco pero no hay señales específicas que autoricen el uso extraordinario del arcén, el motorista debe permanecer en los carriles ordinarios. No basta con que los coches avancen despacio: el tráfico debe estar completamente detenido.

La velocidad máxima permitida en el arcén será de 30 kilómetros por hora. Los motoristas también deberán avanzar en columna de uno, extremar la precaución y ceder la prioridad a ciclistas, ciclomotores, vehículos especiales y vehículos averiados. Si aparece un obstáculo o un vehículo detenido, hay que abandonar el arcén y reincorporarse a la calzada principal.

La prioridad de paso en el arcén corresponde a los servicios de emergencia y a los vehículos de rescate. En la práctica, esto significa que el arcén no es una vía rápida: es una salida controlada para la moto cuando los carriles se detienen.

La ausencia de señalización convierte el uso del arcén en una infracción, incluso si el tráfico está detenido y la moto circula despacio. Es, por tanto, un permiso condicionado a la autorización previa del tramo.

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arcén motos octubre

El arcén no se convierte en un carril para motos: es una alternativa limitada a tramos señalizados, con tráfico detenido y a 30 km/h.

Multas y otras obligaciones desde octubre

La DGT, a través de la Agrupación de Tráfico de la Guardia Civil, controlará el cumplimiento desde el primer día. Circular por un tramo sin señalizar, entrar en el arcén cuando los coches aún se mueven o superar los 30 km/h son infracciones graves sancionadas con 200 euros.

Las infracciones más claras son:

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  • Circular por un tramo sin señalizar.
  • Entrar en el arcén cuando el tráfico aún se mueve.
  • Superar los 30 km/h.

La reforma del Reglamento también introduce obligaciones de equipamiento para los motoristas. Desde el 1 de octubre será obligatorio el uso de guantes de protección en vías interurbanas y de calzado cerrado en todo tipo de vías, tanto para el conductor como para el pasajero. Hasta que se apruebe la orden técnica que fije las características de los guantes, se podrán utilizar los que ya existen en el mercado. Los riders que trabajan con motocicleta deberán llevar chaleco reflectante en todo momento, con sanción de 200 euros si no lo hacen.

En el caso de guantes y calzado cerrado, la obligación arranca en octubre, pero el texto no detalla sanciones específicas para estas dos exigencias. La multa de 200 euros sí aparece expresamente para el chaleco reflectante en el trabajo con moto. Conviene revisar el equipamiento antes de esa fecha.

Por qué llega ahora y qué decidirá cada territorio

La modificación normativa refuerza la protección de los usuarios vulnerables de la vía, un colectivo que incluye a peatones, ciclistas y motoristas. Con la experiencia de países europeos como Francia o Alemania, donde el uso del arcén por motos en retenciones ya funciona con limitaciones, la medida busca reducir los accidentes por alcance y mejorar la fluidez.

En España, cada comunidad autónoma tendrá que decidir qué carreteras se acogen a esta posibilidad. Eso implica que no todas las vías ni todos los tramos estarán habilitados, y el conductor deberá estar atento a la señalización para saber si un tramo concreto permite el uso del arcén. La entrada en vigor se ha fijado para octubre de 2026, con el objetivo de dar tiempo a las administraciones para señalizar los tramos y a los conductores para adaptarse a las nuevas exigencias.

En resumen, podrás usar el arcén con la moto en un atasco solo si el tramo está habilitado, el tráfico está detenido y no superas los 30 km/h. Respetar los límites y ceder la prioridad a los usuarios del arcén será clave para evitar sanciones y circular con seguridad.