La DGT ha puesto en marcha un grupo de trabajo para traer a España la conducción acompañada a los 17 años, tal y como exige la Directiva Europea 2025/2205. No es una medida que vaya a entrar en vigor mañana, pero el reloj ya está en marcha y el plazo máximo para que sea una realidad en nuestro país es el 26 de noviembre de 2028. Mientras tanto, te contamos qué requisitos deben cumplir el menor y el adulto que le acompañe, qué dice exactamente la norma comunitaria y qué pasos faltan para que puedas sacarte el permiso B antes de cumplir los 18.
Lo que dice la Directiva Europea 2025/2205
El artículo 17 de la directiva es la llave que abre la puerta. Establece que los Estados miembros de la UE deben permitir que un conductor de 17 años obtenga el permiso B —el de turismo, con una masa máxima autorizada de 3.500 kilos— y pueda circular, pero siempre acompañado por un adulto que cumpla una serie de condiciones.
En la práctica, esto significa que el carnet llevará impreso en el reverso el código 98.02, que identifica el régimen de conducción acompañada. Este permiso será válido hasta que el titular alcance la mayoría de edad; a partir de los 18, se transformará en un permiso B ordinario, sin restricciones de acompañante.
La directiva también abre la puerta a que cada país amplíe el modelo a otros tipos de vehículos, como los camiones (permiso C). Sin embargo, España se ha posicionado en contra de esa posibilidad y, según la DGT, los permisos profesionales quedarán excluidos de esta nueva modalidad. La decisión final corresponde a cada Estado, así que nuestro país no moverá ficha en ese terreno.
Requisitos para el menor y para el acompañante
La nueva norma no se limita a bajar la edad: impone condiciones estrictas tanto al conductor novel como al adulto que vaya a su lado. Estos son los puntos que ya están sobre la mesa, según la propia directiva y las primeras informaciones de la DGT:
- Edad del acompañante: mínimo 24 años cumplidos en el momento de ejercer como tutor.
- Experiencia al volante: debe poseer el permiso B desde, al menos, cinco años antes de la fecha en la que acompañe al menor. No basta con tenerlo: hay que acreditarlo con antigüedad suficiente.
- Condiciones psicofísicas: no puede estar bajo la influencia de alcohol o drogas mientras acompañe al conductor. La directiva es tajante en este punto.
- Mismo permiso: el adulto tiene que estar habilitado para conducir un vehículo de la misma categoría, es decir, el permiso B.
- Número de acompañantes: la directiva deja en manos de cada país la posibilidad de establecer límites adicionales. La DGT podría decidir que un joven solo pueda llevar un tutor registrado o incluso que se exija una formación específica al acompañante.
Conviene tener claro que el adulto asume una responsabilidad muy similar a la del conductor. Si se produce una infracción, el agente evaluará las circunstancias, pero el acompañante no puede desentenderse: su papel es precisamente supervisar y corregir.
¿Cuándo se podrá sacar el carnet con 17 años en España?
Quizá la pregunta más repetida. La DGT ha confirmado que ya existe un grupo de trabajo interno para transponer la directiva a nuestro ordenamiento jurídico. La fecha límite que fija Bruselas para todos los Estados miembros es el 26 de noviembre de 2028. Eso significa que, como tarde, ese día la norma debería estar plenamente operativa en España.
Ahora bien, que el plazo sea 2028 no significa que la medida vaya a esperar hasta el último día. La DGT podría adelantar la tramitación si concluye antes los desarrollos normativos necesarios: modificación del Reglamento General de Conductores (RGC), publicación en el BOE y adaptación de los sistemas de expedición del carnet. Lo previsible es que, durante 2027, conozcamos el calendario concreto.
Mientras tanto, el único permiso de conducción que se contempla para los 17 años es el B. No habrá, al menos de inicio, ampliación a motos, camiones ni autobuses. Si la experiencia en otros países europeos que ya aplican sistemas similares —como Alemania o Austria— sirve de referencia, es probable que la medida se acompañe de campañas de concienciación y requisitos formativos adicionales.
Conducir acompañado a los 17 años es una oportunidad para ganar experiencia, pero el tutor tendrá una responsabilidad casi equiparable a la del conductor.
Claves de la Normativa
- A quién afecta: a jóvenes de 17 años que quieran obtener el permiso B y a los adultos que les acompañen (mínimo 24 años y cinco años de antigüedad en el carnet).
- Cifras a tener en cuenta: el plazo máximo para que la medida entre en vigor en España es el 26 de noviembre de 2028. La DGT ya ha creado un grupo de trabajo y descarta ampliarla a los permisos profesionales.
- Consejo para evitarlo: aunque la ley aún no está vigente, las autoescuelas ya están pendientes. Si tienes 16 o 17 años, infórmate sobre los cursos de sensibilización y prepara el examen teórico: la fecha límite puede llegar antes de lo que parece.


