Circular por una calle limitada a 50 km/h a 91 km/h tiene un precio: 500 euros y 6 puntos del carné, según la tabla de sanciones de la Dirección General de Tráfico (DGT). No todos los excesos de velocidad se castigan igual: la cuantía sube por tramos según los kilómetros por hora que superes respecto al límite de la vía.
Lo que necesitas saber
- Por qué es importante: la DGT sanciona el exceso de velocidad por tramos y detrae puntos del carné en los casos más graves.
- Cómo te afecta: una multa por velocidad puede ir de 100 euros sin puntos a 600 euros y 6 puntos.
- Puntos clave y plazos: el pago en los 20 días naturales siguientes reduce la multa a la mitad; la pérdida de puntos se aplica cuando la sanción es firme.
Qué dice la tabla de sanciones de la DGT
La tabla que aplica la DGT en vías urbanas e interurbanas distingue cinco tramos de exceso. Para los límites más habituales en ciudad, 50 km/h o 30 km/h, la horquilla de multas es la misma: los tramos se miden sobre el exceso de velocidad y no sobre la velocidad absoluta. Puedes consultar la tabla completa en la web oficial de la DGT.
Así queda para un límite de 50 km/h:
- De 1 a 20 km/h de exceso: 100 euros y sin puntos.
- De 21 a 30 km/h de exceso: 300 euros y 2 puntos.
- De 31 a 40 km/h de exceso: 400 euros y 4 puntos.
- De 41 a 50 km/h de exceso: 500 euros y 6 puntos.
- De 51 km/h de exceso en adelante: 600 euros y 6 puntos.
En la práctica, un exceso de 20 km/h exactos se sitúa en el tramo más bajo de la tabla: 100 euros y sin puntos. La multa de 500 euros solo llega cuando el exceso es de 41 a 50 km/h, no al superar los 20 km/h como a veces se repite.
En una calle de 30 km/h, los umbrales se desplazan de forma equivalente. Superar entre 41 y 50 km/h el límite de la vía también supone una multa de 500 euros y 6 puntos, mientras que un exceso de 11 a 20 km/h se queda en 100 euros y sin puntos. Es la razón por la que una calle con radar y límite 30 castiga antes un exceso que una autopista.
Si circulas por una autovía o autopista con límite de 120 km/h, la escala se organiza así: de 1 a 30 km/h de exceso, 100 euros y sin puntos; de 31 a 40, 300 euros y 2 puntos; de 41 a 50, 400 euros y 4 puntos; de 51 a 60, 500 euros y 6 puntos; y de 61 en adelante, 600 euros y 6 puntos. En autopista no existe el tramo de 3 puntos.
A partir de ahí, la DGT aplica el tramo más alto. Si la velocidad supera en más de 50 km/h el límite de la vía, la sanción es de 600 euros y 6 puntos. La detracción de puntos no pasa de 6 por multa, aunque la cuantía económica y la responsabilidad penal pueden agravarse si el exceso se considera delito.
La barrera penal es más alta. Circular en vía urbana a más de 60 km/h por encima del límite o en vía interurbana a más de 80 km/h puede ser delito contra la seguridad vial, según el artículo 379 del Código Penal. En ese caso, ya no hablamos de una multa administrativa, sino de una pena de prisión, multa o trabajos en beneficio de la comunidad.
Conocer los tramos de la tabla de la DGT evita confundir una multa de 100 euros sin puntos con la sanción de 500 euros y 6 puntos que llega cuando el exceso es grave.
Pronto pago y puntos: qué debes saber
La DGT permite pagar una multa con un descuento del 50% si lo haces dentro de los 20 días naturales desde la notificación. Este pronto pago significa que una sanción de 500 euros se queda en 250 euros; una de 100 euros, en 50 euros. Eso sí, pagar implica renunciar a recurrir y la sanción se considera firme.
La pérdida de puntos no es inmediata al pagar. Se aplica cuando la sanción es firme, de modo que el saldo de tu carné solo se reduce después del período de recurso o tras el pronto pago. Si no identificas al conductor, la DGT puede dirigir la sanción al titular del vehículo y aplicar responsabilidad por no identificar.
El saldo de puntos no es igual para todos. Un conductor novel empieza con 8 puntos y uno veterano con 12. La multa de 500 euros lleva aparejada la pérdida de 6 puntos, es decir, la mitad del saldo para un novel. Si el saldo llega a cero, el permiso se declara sin vigencia y hay que pasar por un curso de reeducación vial.
Conviene comprobar la notificación y el margen del radar. Los cinemómetros aplican un margen de error antes de sancionar: hasta 100 km/h el margen es de 7 km/h, y por encima de 100 km/h es del 7%. Esto no cambia la tabla de multas, pero sí evita sanciones por estar justo en el límite del tramo.
Recurrir una multa de velocidad solo tiene sentido si el radar no estaba señalizado, si el margen de error no se aplicó o si el titular no era el conductor. Si el recurso se pierde, se pierde también la opción del pronto pago y el importe vuelve al 100%.
Qué debes vigilar en ciudad y en carretera
La tabla de sanciones no es nueva, pero sigue siendo una de las consultas más habituales de la DGT porque la misma velocidad puede tener consecuencias distintas según el límite de la vía. Un exceso de 25 km/h en una autopista de 120 km/h se queda en 100 euros y sin puntos, mientras que ese mismo exceso en una calle de 30 km/h ya supone 300 euros y 2 puntos.
La recomendación de la DGT es clara: adecuar la velocidad al límite y a las condiciones de la vía. La sanción económica puede doler, pero la pérdida de puntos es lo que más afecta a la vigencia del carné. Si llegas a cero, el permiso deja de ser válido y tendrás que hacer un curso y examen para recuperarlo.
En la práctica, lo importante es no confiar en los márgenes ni en la memoria. Cada límite de vía mueve la escala, y la diferencia entre 300 y 500 euros puede ser de unos pocos kilómetros por hora. Conviene revisar la tabla de la DGT al menos una vez, sobre todo si circulas a diario por calles con límite 30 y por autopistas.
Si dudas de tu saldo, puedes consultar tus puntos en la sede electrónica de la DGT con certificado digital, Cl@ve o DNI electrónico. El trámite no tiene coste y permite comprobar si una sanción ya ha detraído puntos o si sigue en fase de recurso.

