Dar las gracias con un parpadeo de las luces de emergencia es un gesto que casi todos hemos hecho. Lo ves a diario: un camionero te da paso, tú activas los warning un instante y sigues tu ruta. Lo haces sin malicia, pero la DGT lo tiene claro: es un uso indebido del alumbrado y te puede caer una multa de 80 euros.
El Código de la Circulación no prohíbe expresamente las señales de cortesía entre conductores, pero sí regula con precisión la función de cada dispositivo luminoso del coche. Y las luces de emergencia —o intermitentes simultáneos— tienen un papel muy concreto: solo deben encenderse para señalizar una inmovilización forzosa, ya sea por avería, accidente o cualquier otra situación que obligue a detener el vehículo en un lugar no habilitado. Así lo establece el Artículo 109 del Reglamento General de Circulación.
Qué dice realmente la normativa y por qué el gracias luminoso es ilegal
Cuando accionas los warning para agradecer una cesión de paso o para avisar a otro conductor de la presencia de un radar, estás utilizando un elemento de preseñalización de peligro para un fin completamente distinto del que prevé la ley. La DGT considera ese uso como una infracción leve: se trata de un «uso indebido de las señales ópticas del vehículo». No es una falta grave y no lleva aparejada pérdida de puntos, pero sí una sanción económica.
La misma lógica se aplica al parpadeo de las luces largas para alertar de un control de velocidad. Aunque es una práctica arraigada, el Reglamento no la contempla como una función autorizada del alumbrado. Por tanto, también puede ser sancionable.
Ahora bien, la realidad es que los agentes de la Guardia Civil de Tráfico rara vez imponen esta multa por un simple gesto de cortesía. El foco de las campañas de vigilancia está en conductas de mayor riesgo: excesos de velocidad, uso del móvil al volante o alcoholemias. Pero la herramienta legal está ahí y ningún conductor puede alegar desconocimiento.
La sanción, en euros: lo que te costaría dar las gracias con los warning
La cuantía de la multa por utilizar las luces de emergencia para saludar o avisar es de 80 euros, según las tablas de sanciones de la DGT. Es una infracción leve, por lo que no hay detracción de puntos del carnet. Si se notifica por correo, el período de pronto pago (20 días naturales) reduce ese importe a 40 euros. Eso sí, pagar pronto implica renunciar a presentar alegaciones; la decisión de si compensa ahorrarse el trámite o pelear la multa la tienes que tomar tú.
La ausencia de puntos no significa que sea una tontería: si acumulas varias sanciones leves en un año, la Dirección General de Tráfico puede reabrir un expediente y revisar tus hábitos al volante. Además, en un control de luces cualquiera, un agente preocupado por la seguridad puede aprovechar para comprobar el resto del vehículo: estado de los neumáticos, ITV, alumbrado obligatorio… Y ahí sí que las sanciones pueden escalar.

Lo cierto es que este código de luces es especialmente fuerte entre los conductores profesionales. Los camioneros llevan décadas comunicándose con los intermitentes: un parpadeo izquierdo para indicar que pueden incorporarse, otro derecho para avisar de un peligro. Pero la DGT insiste en que esas costumbres no convierten en legal lo que el Reglamento no autoriza.
Por muy asentada que esté la costumbre, las luces de emergencia tienen un único cometido: advertir de una detención forzosa. Todo lo demás es un uso indebido que, aunque no lo parezca, puede acabar en multa.
Contexto y cómo actuar para no llevarte un disgusto
La raíz del problema es la diferencia entre lo que la ley dice y lo que los conductores hacen. El artículo 109 del Reglamento General de Circulación data de 2003, cuando los sistemas de comunicación entre vehículos no tenían la inmediatez de hoy. Aun así, la DGT no ha mostrado intención de suavizar la norma: para ellos, la prioridad es que las luces se empleen sin ambigüedad, para que cualquier usuario identifique sin dudas una emergencia real.
En otros países europeos la situación es similar. Francia, por ejemplo, sanciona el uso indebido de las luces con multas de hasta 90 euros. En Alemania, usar las largas para avisar de radares se considera una falta administrativa. España no está sola al calificar estos gestos como infracción, aunque la actitud de los agentes suele ser más pedagógica que punitiva.
Desde el punto de vista práctico, el mejor consejo es sustituir el parpadeo de los warning por un gesto con la mano. Si conduces un vehículo con lunas tintadas o un camión donde la visibilidad hacia el interior es limitada, puedes agradecer con una leve levantada de palma que sea visible desde atrás. En caso de que sea imposible, recuerda que la cortesía no es una obligación legal; lo que sí es obligatorio es respetar las normas de circulación.
En el horizonte no hay ninguna reforma prevista del RGC que vaya a legalizar estas prácticas. Por tanto, lo que tienes que retener es sencillo: dar las gracias está muy bien, pero hacerlo con los warning te puede costar 80 euros. Mejor cumplir que recurrir.
Ficha de la Multa
- A quién afecta: Cualquier conductor que, de forma voluntaria, active las luces de emergencia o los intermitentes simultáneos para agradecer una maniobra, avisar de un radar o comunicar algo distinto a una inmovilización por avería o accidente.
- Cifras a tener en cuenta: Infracción leve: 80 euros de multa (40 euros si se acoge al pronto pago en los 20 días siguientes a la notificación). No hay detracción de puntos del carnet.
- Consejo para evitarlo: Sustituye el parpadeo por un gesto con la mano visible desde atrás. Si la visibilidad es escasa, agradece mediante un leve toque de claxon breve (si la situación lo permite) o simplemente continúa la marcha respetando las normas sin recurrir a las luces.

