Guantes obligatorios en moto: la reforma del RGC que entra en vigor el 1 de octubre prohíbe las chanclas

La actualización del Reglamento General de Circulación obliga a usar guantes de protección en vías interurbanas y calzado cerrado en cualquier carretera. Circular sin estas protecciones costará 200 euros de multa desde el 1 de octubre.

Circular en moto sin guantes o con chanclas tendrá multa de 200 euros a partir del 1 de octubre. La actualización del Reglamento General de Circulación aprobada por el Consejo de Ministros convierte en obligatorias protecciones que hasta ahora solo se recomendaban o se dejaban al sentido común.

Qué cambia para los motoristas a partir del 1 de octubre

La nueva normativa se aplica tanto al piloto como al pasajero de motocicletas y ciclomotores. No es una recomendación: es una obligación que llega con sanción. Las principales novedades se resumen en tres exigencias de equipamiento y una medida de fluidez.

  • Guantes de protección obligatorios en vías interurbanas. Dejan de ser un complemento opcional, aunque ya eran habituales en carretera y en época invernal para evitar el frío y el viento.
  • Calzado cerrado en cualquier vía. Se termina la imagen típica del verano: circular a la playa o por la calurosa ciudad con chanclas o sandalias queda prohibido.
  • Casco homologado. Quedan fuera de la legislación los cascos que solo tengan un certificado de calidad, con un año de prórroga para adaptarse.

Ojo al matiz: los guantes se exigen en vías interurbanas, mientras que el calzado cerrado es obligatorio en cualquier vía, también en ciudad. En trayectos urbanos, los guantes siguen sin ser obligatorios, aunque conviene llevarlos para reducir lesiones en caída.

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La reforma incluye además una medida pensada para la congestión: se autoriza circular por el arcén derecho en casos de tráfico denso, sin superar 30 km/h y solo en tramos debidamente señalizados.

La lectura práctica es que desaparece la ambigüedad: hasta ahora el calzado inadecuado solo podía perseguirse por la vía de la conducción insegura; desde octubre, la propia norma lo tipifica de forma expresa. Ese cambio facilita sancionar cada caso.

Multa de 200 euros: a quién afecta y qué plazo de pago te interesa

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El incumplimiento de la obligación de guantes de protección o de calzado cerrado conlleva sanciones de 200 euros. La información difundida por la DGT no detalla pérdida de puntos asociada a estas conductas, algo que conviene vigilar cuando se publique el texto completo en el BOE.

En la práctica, si te llega una denuncia, puedes optar por el pago anticipado voluntario y dejar la multa en 100 euros dentro del plazo que fije la notificación. Eso sí, recuerda que pagar pronto supone renunciar a presentar alegaciones.

La sanción alcanza a cualquier ocupante de la moto o ciclomotor. Un pasajero con chanclas o sin guantes en una vía interurbana puede ser denunciado igual que el piloto, y la responsabilidad de revisar el equipamiento antes de salir recae en quien conduce.

No es solo una cuestión de multa: una caída a 50 km/h con las manos sin guantes o los pies con chanclas puede convertir un susto en una lesión grave.

En resumen, la norma busca homogeneizar el equipamiento en carretera y ciudad. Aunque la prórroga de un año da aire para renovar guantes, el calzado cerrado no tiene fase de adaptación: el 1 de octubre ya será obligatorio.

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Por qué llega la reforma y qué cambia desde 2027

La DGT enmarca la actualización en un cambio de enfoque que arrancó hace dos décadas: de una política centrada en la carretera y en el vehículo a otra que pone el foco en las personas y en los entornos urbanos. El objetivo declarado es mejorar la protección de los usuarios vulnerables, categoría que incluye a peatones, ciclistas y motoristas.

La homologación completa de los guantes no será inmediata. El reglamento concede un año de margen: a partir del 1 de octubre de 2027 todos los guantes de protección deberán estar homologados. Hasta entonces conviene revisar qué modelo llevas y si cuenta con una certificación válida como equipo de protección.

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La obligación de calzado cerrado regula por primera vez una cuestión que antes quedaba al criterio de cada motociclista. La nueva redacción no deja lugar a dudas: sandalias, chanclas o calzado que no sujete el pie quedan fuera, también en trayectos cortos y en calles céntricas.

Para el conductor práctico, el mensaje es directo: si sueles moverte en moto, incorpora guantes y calzado cerrado a tu equipación básica antes del 1 de octubre. No solo evitarás la multa de 200 euros; también ganarás protección real en caso de caída. Y si llevas pasajero, revisa que cumpla las mismas reglas: la sanción no distingue asientos.

Claves de la Normativa

  • A quién afecta: pilotos y pasajeros de motocicletas y ciclomotores. Los guantes serán obligatorios en vías interurbanas; el calzado cerrado, en cualquier vía.
  • Cifras a tener en cuenta: multa de 200 euros por incumplir la obligación de guantes o de calzado cerrado, reducible a 100 euros con pago anticipado. Homologación completa de guantes desde el 1 de octubre de 2027.
  • Consejo para evitarlo: antes del 1 de octubre, añade guantes homologados y calzado cerrado a tu equipación de moto y haz que el pasajero cumpla las mismas reglas.