comscore

    Reclamar averías a un particular

    0
    Reclamar averías a un particular

    Al tratarse de una compra entre particulares el plazo para reclamar al vendedor por los defectos del bien adquirido es de seis meses, contados desde la fecha de la compra.Durante ese periodo únicamente son reclamables los defectos de origen, es decir, anteriores a la venta si hacen al vehículo impropio para el uso a que se le destina, o si disminuyen de tal modo este uso que, de haberlos conocido el comprador no la habría adquirido o habría dado menos precio por él. El vendedor no será responsable de los defectos manifiestos o que estuvieren a la vista, ni tampoco de los que no lo estén, si el comprador es un perito que, por razón de su oficio o profesión, debía fácilmente conocerlos. Por supuesto, quedan excluidos los defectos de uso; de igual modo es difícil que prospere la reclamación por las llamadas piezas de desgaste.

    Es conveniente que conserve justificantes como el contrato de compra debidamente firmado, facturas o transferencias bancarias y, por supuesto, acreditación técnica con un informe pericial que le permita demostrar tales circunstancias.

    Aparte, en los casos en que aún esté vigente la garantía legal de compra de la moto que su vendedor tuviera con un concesionario de venta de vehículos, usted podría hacer valer esa garantía siempre que tuviera la factura de compra emitida por el concesionario. Recordemos que la garantía legal de compra en un establecimiento es de dos años.