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    ¿Qué sucede si no acudo a recoger el vehículo al taller?

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    ¿Qué sucede si no acudo a recoger el vehículo al taller?

    La normativa establece unas consecuencias para el caso en que el taller le requiera la retirada del vehículo, bien porque esté ya reparado, bien porque no haya aceptado la reparación.

    1.- El traslado del vehículo a un Centro Autorizado de Tratamiento de Vehículos para su destrucción y descontaminación. Recogido un vehículo en un taller por avería o accidente del vehículo, si el titular no lo hubiese retirado en el plazo de dos meses, la Administración de Tráfico podrá ordenar el traslado del vehículo a un Centro Autorizado de Tratamiento de Vehículos para su destrucción y descontaminación. Antes de la orden, la Administración requerirá al titular advirtiéndole que si no retira el vehículo en un mes se trasladará al Centro Autorizado de Tratamiento. El propietario o responsable del taller debe solicitar a la Jefatura Provincial de Tráfico autorización para el tratamiento residual del vehículo, aportando la documentación que acredite haber solicitado al titular del vehículo la retirada de su recinto.

    2.- La adquisición de la propiedad: cuando se estime conveniente, la Jefatura Provincial de Tráfico, los órganos competentes de la CCAA, el alcalde o delegado podrán acordar que en lugar de destruir el vehículo sea adjudicado a los servicios de vigilancia y control del tráfico. Es decir, contempla la posibilidad de adjudicar (se entiende la propiedad del vehículo) a servicios de tráfico pero no al taller.