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La DGT en la cuerda floja: la sentencia que les señala por multar a coches sin ITV de forma ilegal

La DGT en la cuerda floja: la sentencia que les señala por multar a coches sin ITV de forma ilegal.

Se trata de una situación peculiar y es que el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 1 de Pamplona ha podido anular una sanción de la cantidad de 200 euros.

Pero tranquilos porque ahora os contaremos más sobre dicho suceso y es que la Dirección General de Tráfico va a tener que ir con cuidado.

Es cierto que la DGT puede poner multas a los conductores pero siempre teniendo cuidado de las razones.

La DGT y lo sucedido sobre una sentencia

Pues os diremos que el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Pamplona se ha visto en la obligación de anular una sanción impuesta por la Dirección General de Tráfico.

Y es que pusieron una multa de la cantidad de 200 euros porque un conductor no había pasado la Inspección Técnica de Vehículos (ITV) a su coche.

¿Por qué ha hecho esto la DGT y qué ha dicho el Juzgado?, pues el Juzgado, como se ha dicho anteriormente, ha anulado la sanción.

Ha actuado así debido a que, en el momento en el que el conductor fue multado por la DGT no se encontraba circulando, sino que estaba estacionado.

Además la magistrada titular, que fue Marta Arnedo Herrero, acabó reiterando dicho precedente y dictaminó que dicho ilícito estaba constituido porque se encontraba circulando.

Es decir, no le puso la DGT la sanción porque estuviera circulando sino porque incumplía una norma acerca de someter el vehículo a la ITV de forma periódica.

¿A qué conclusión llegaron?, pues a que resultaba totalmente aplicable a dicho caso en concreto porque pueden multar a una persona por no llevar la ITV al día.

De hecho la sentencia es firme porque los asuntos de tráfico se suelen realizar en única instancia en el juzgado de lo contencioso y no se puede apelar.