La DGT ha confirmado este mismo julio de 2026 la creación de un grupo de trabajo para trasponer la directiva europea que permitirá a los menores de 18 años obtener el permiso B bajo un régimen de conducción acompañada. La medida, recogida en el artículo 17 de la Directiva Europea 2025/2205, abre la puerta a que los jóvenes de 17 años puedan ponerse al volante, aunque todavía faltan algunos años para que entre en vigor en España.
Qué dice la directiva europea sobre los conductores de 17 años
La normativa comunitaria establece que los Estados miembros de la UE podrán expedir el permiso de conducción de la clase B a partir de los diecisiete años. Eso sí, el joven no podrá circular solo: deberá ir siempre acompañado por un adulto que cumpla unas condiciones muy concretas. El carnet llevará impreso en el reverso el código 98.02, que identifica precisamente esta modalidad de conducción acompañada.
La idea, defendida desde hace años por varios países del norte de Europa, es que los conductores noveles adquieran experiencia real al volante antes de cumplir los dieciocho años, pero siempre bajo la supervisión de alguien con la suficiente pericia. La DGT ha dejado claro que, de momento, la posibilidad solo afecta al permiso B (turismos de hasta 3.500 kilos) y que España ha votado en contra de extenderlo a los vehículos pesados (permiso C). Cada país, además, podrá añadir requisitos adicionales a los que marca la directiva.
Requisitos para el joven y para el adulto que le acompañe
La letra de la UE es clara en cuanto a las condiciones que debe reunir el acompañante. Tiene que tener al menos 24 años cumplidos y poseer el mismo permiso B desde hace un mínimo de cinco años. Además, mientras ejerza de tutor no puede estar bajo los efectos del alcohol ni de las drogas, una obviedad que la directiva se encarga de subrayar para evitar lagunas legales.
El joven, por su parte, tendrá que haber superado las mismas pruebas teóricas y prácticas que cualquier aspirante al carnet B. La única diferencia es que, hasta que cumpla los dieciocho, siempre tendrá que llevar a su lado a una persona que cumpla los requisitos. Si la Guardia Civil de Tráfico para al vehículo y el conductor menor no va con el acompañante adecuado, se enfrentará a una sanción grave que, según las previsiones que maneja la DGT, podría acarrear 200 euros de multa y la inhabilitación para seguir utilizando el permiso anticipado.
Sobre el número de acompañantes autorizados o si el tutor puede bajarse del coche en una parada breve, la directiva deja margen a cada Estado. En España, la DGT ya estudia si establecerá un límite de una única persona autorizada por menor o si será posible designar a varios tutores, siempre que todos ellos figuren en un registro previo. Ese detalle, junto con la formación adicional que podría exigirse al tutor, se decidirá durante la transposición de la norma.
Cuándo entrará en vigor en España y qué puede cambiar
La fecha que todo el mundo tiene apuntada es el 26 de noviembre de 2028. Ese es el plazo máximo que la Unión Europea ha dado a los Estados miembros para que la directiva esté plenamente operativa en sus legislaciones nacionales. La DGT ha querido ir por delante creando ya un grupo de trabajo que analice los flecos pendientes y prepare el texto que se publicará en el BOE, previsiblemente, uno o dos años antes de esa fecha límite.
La medida no es ajena al debate europeo. Países como Alemania y Austria llevan años con sistemas de conducción acompañada a los 17 y los datos de siniestralidad entre los conductores noveles han mejorado, según los informes que maneja la Comisión Europea. En España, sin embargo, algunas asociaciones de seguridad vial han pedido prudencia y solicitan que el acompañante reciba una formación específica, algo que la directiva permite pero no impone.
El modelo de conducción acompañada no es nuevo en Europa: Alemania y Austria lo aplican con una reducción de la siniestralidad entre los jóvenes.
Mientras llega 2028, conviene recordar que la normativa todavía puede sufrir cambios. La directiva solo fija un suelo común, y España podría endurecer o flexibilizar varios aspectos. De momento, la DGT insiste en que se exigirá el mismo examen que a cualquier adulto y que el incumplimiento de las condiciones de acompañamiento tendrá consecuencias. Para las familias con hijos que ahora tienen catorce o quince años, la fecha de 2028 es una referencia útil: si el calendario se cumple, los nacidos en 2011 serán la primera generación que pueda sacarse el carnet B sin haber cumplido los dieciocho.
Claves de la Normativa
- A quién afecta: jóvenes de 17 años que quieran obtener el permiso B de turismo y sus acompañantes adultos (mínimo 24 años y cinco años de antigüedad en el carnet).
- Cifras a tener en cuenta: edad mínima del tutor: 24 años; antigüedad de su permiso: 5 años; fecha límite para la entrada en vigor en España: 26 de noviembre de 2028; posible sanción por conducir sin acompañante cualificado: 200 euros.
- Consejo práctico: estate atento a los requisitos adicionales que fije España (número de acompañantes, formación del tutor) y, si en tu casa hay un adolescente que cumple 17 años antes de 2028, planifica su formación para que esté listo en cuanto se apruebe el decreto.

