Avisadores de radar legales: qué puedes llevar en el coche y qué se multa con hasta 6.000 euros

La DGT solo permite avisar de radares publicados. Un detector te cuesta 200 euros y 3 puntos, y un inhibidor puede llegar a 6.000 euros y 6 puntos.

Llevar un avisador de radar legal puede ahorrarte un disgusto, pero confundirlo con un detector o un inhibidor puede costarte hasta 6.000 euros y 6 puntos del carnet. La DGT solo permite avisar de los radares cuya ubicación ha publicado oficialmente; todo lo que vaya más allá es sanción.

La diferencia no es un matiz legal: es la frontera entre un dispositivo permitido y una infracción grave. Te explicamos qué puedes llevar en el coche, qué está prohibido y cuánto te puede costar cada error, para que no te pillen desprevenido.

Avisadores legales: avisar de lo publicado sí es legal

Un avisador de radar legal se limita a alertar sobre la posición de radares fijos, móviles, de tramo y cámaras de semáforo que la DGT comunica públicamente. No emite ondas, no interfiere con ningún cinemómetro y no detecta frecuencias. Solo compara tu posición GPS con una base de datos de puntos publicados y te da la alerta cuando te acercas.

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Son dispositivos sencillos que suelen actualizarse a diario. Un ejemplo es el Ooono Co-Driver No. 1, un avisador que alerta en tiempo real de la ubicación de radares en toda Europa a través de la comunidad Ooono y que también avisa de incidencias de tráfico. Se activa al empezar a conducir tras registrarlo en la app gratuita, funciona con una pila de litio de 3V y no requiere suscripción.

  • Radares fijos, móviles y de tramo: incluidos en bases de datos públicas.
  • Cámaras de semáforo: también avisan, dentro de la legalidad.
  • Incidencias de tráfico: notificadas por la comunidad de conductores.

Eso sí, ojo con el smartphone: la app asociada al dispositivo depende de la batería del móvil. Si te quedas sin carga, dejas de recibir alertas. La DGT no sanciona por llevar un avisador legal, porque el conductor solo recibe información que la propia administración ya hace pública. Ese es el matiz que lo salva.

Detectores e inhibidores: las multas que esconde el coche

Muy distinto es llevar un detector de radar. Este aparato sí emite radiofrecuencias para captar las ondas de los radares y avisarte de su presencia. La DGT lo prohíbe, aunque vaya apagado dentro de la guantera. La sanción es clara: 200 euros de multa y 3 puntos menos en el carnet. No te hace falta estar circulando: el mero hecho de portarlo ya es sancionable.

El inhibidor de radar es todavía más grave. Detecta las frecuencias del radar y, además, lanza interferencias tan potentes que impiden que el cinemómetro funcione. En la práctica, lo anula. La multa por llevar o usar un inhibidor asciende a hasta 6.000 euros y supone la pérdida de 6 puntos. Estamos hablando de una infracción de las más serias del Reglamento General de Circulación.

La Guardia Civil de Tráfico puede sancionar por inspección visual o si el aparato está instalado en el salpicadero. No hay margen para la duda: si el dispositivo capta ondas o interfiere, no es un avisador legal. Y la sanción no entiende de excusas.

Un avisador te informa de lo que la DGT publica; un detector te caza el radar y un inhibidor lo anula. Solo el primero es legal.

Cómo elegir un avisador y no caer en la trampa

El mercado está lleno de dispositivos que mezclan etiquetas. Antes de comprar, revisa que el aparato sea únicamente avisador y no incluya funciones de detección o interferencia. Si el producto habla de ‘frecuencias’, ‘ondas’ o ‘anti-radar’, desconfía. Un avisador legal solo recibe coordenadas públicas y te avisa.

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El precio no convierte en legal lo que no lo es. En supermercados o tiendas online puedes encontrar avisadores desde 25 a 32 euros según el canal. El Ooono Co-Driver No. 1, por ejemplo, se vende por unos 32 euros en comercio electrónico en España, y en Alemania a través de Lidl por 24,99 euros. Es un precio de ganga, pero no por ello el aparato deja de ser legal: cumple con la normativa porque no emite señales.

  • Verifica que el dispositivo sea solo avisador de radar.
  • Consulta la base de datos de radares publicados de la DGT para confirmar que usa esa información.
  • No instales ningún aparato que emita ondas o prometa ‘anular’ radares.

En resumen, llevar un avisador legal es perfectamente lícito y puede ayudarte a moderar la velocidad en los puntos de control. La clave está en no traspasar la raya hacia la detección o la interferencia, porque ahí las cifras suben desde los 200 euros hasta los 6.000 euros. Mejor cumplir que recurrir.

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Claves de la Normativa

  • A quién afecta: todos los conductores, sin distinción; la sanción se aplica por el mero hecho de portar detectores o inhibidores.
  • Cifras a tener en cuenta: detector de radar: 200 euros y 3 puntos; inhibidor de radar: hasta 6.000 euros y 6 puntos.
  • Consejo para evitarlo: elige solo avisadores de radares publicados y guarda la factura que acredite el modelo homologado.