Circular con un patinete eléctrico sin el seguro obligatorio de VMP puede costarte hasta 1.220 euros en sanciones, según la OCU.
Desde el 30 de enero de 2026, los vehículos de movilidad personal deben estar inscritos en el registro de la Dirección General de Tráfico, llevar la etiqueta identificativa y contar con una póliza de responsabilidad civil. El Real Decreto 52/2026 introdujo esos requisitos: registrar el patinete es el paso previo para contratar el seguro.
La DGT calcula que circulan más de cuatro millones de VMP en España. OCU señala que, a fecha de abril de 2026, apenas unos 140.000 patinetes figuraban inscritos. Esa distancia explica el riesgo de quien circula sin regularizar su situación.
Qué multa afrontas sin seguro y quién paga los daños
La multa por patinete eléctrico sin seguro es solo una parte del problema. La DGT establece sanciones de entre 202 y 610 euros por carecer de la cobertura obligatoria. A esa cifra puede sumarse la inmovilización o el depósito del vehículo hasta que el propietario regularice su situación.
Registrar el patinete cuesta 8,67 euros; no hacerlo y circular sin seguro puede acabar en una sanción de cuatro cifras y en el depósito del vehículo.
Quién responde de los daños a terceros
El riesgo patrimonial supera con creces la sanción. Según OCU, asumir personalmente una indemnización por responsabilidad civil puede rebasar con facilidad los 200.000 euros y, en accidentes con lesiones graves, superar los 500.000 euros. Sin póliza, esa cantidad sale íntegra del patrimonio del conductor.
La normativa fija coberturas mínimas elevadas por ese motivo: hasta 6,45 millones de euros por siniestro en daños personales y 1,3 millones en daños materiales. Es el suelo legal, no el techo, y cada compañía puede ampliar garantías por encima.
La siniestralidad confirma esa dimensión. En 2024 se registraron 396 siniestros con VMP implicados, con 240 heridos y 14 fallecidos, según los datos de la Fundación Mapfre recogidos por distintas fuentes.
Cuánto cuesta registrar y asegurar un patinete
El trámite tiene un coste reducido. La tasa oficial de inscripción en la DGT es de 8,67 euros. Después, el propietario obtiene un certificado digital y un número con el que adquirir la etiqueta identificativa, que ronda otros 20 euros entre impresión y homologación, según los cálculos de OCU.
En cuanto al seguro de patinete eléctrico, el estudio de OCU sitúa una póliza adecuada entre 60 y 160 euros al año. Conviene revisar qué incluye cada propuesta: junto a la responsabilidad civil frente a terceros, algunas incorporan daños propios, robo, incendio o desperfectos del vehículo.
Los patinetes antiguos sin certificado disponen de un periodo transitorio. Pueden seguir circulando hasta el 22 de enero de 2027, pero la excepción no les libra de la inscripción ni del seguro obligatorio. A partir de esa fecha, los modelos que no cumplan los requisitos técnicos de certificación ya no podrán circular, por lo que la DGT recomienda comprobar que el modelo está certificado antes de comprarlo.
Qué cambia el 1 de octubre y qué revisar antes de firmar
El calendario normativo sigue avanzando. La norma estatal que entra en vigor el 1 de octubre de 2026 fija una edad mínima general de 15 años para conducir un VMP y hace obligatorios el casco y el chaleco reflectante durante la noche o con poca visibilidad. El alumbrado permanente llegará el 1 de octubre de 2027.
En León, la Ordenanza de Movilidad municipal mantiene un límite más restrictivo: 16 años de edad mínima, casco obligatorio, prohibición de circular por aceras y visibilidad reforzada con prendas o elementos luminosos.
Antes de firmar una póliza conviene comprobar tres puntos: el límite de responsabilidad civil, si incluye defensa jurídica y si cubre daños propios o robo. También qué ocurre cuando el patinete se presta a un tercero o se usa para desplazamientos profesionales.
Con el calendario en la mano, la póliza conviene revisarla cada año, igual que se hace con el seguro del coche o de la moto: comparar el recibo con el del ejercicio anterior y ajustar coberturas al uso real. La revisión anual de la prima es el momento natural para decidir qué cobertura mantener.

