La nueva instrucción de la DGT: multas de 200 euros para autocaravanas y furgonetas camperizadas

La DGT actualiza los plazos de ITV para autocaravanas y furgonetas camperizadas y aclara las condiciones de estacionamiento, con sanciones de hasta 200 euros por ITV caducada o defectos graves.

La Dirección General de Tráfico (DGT) actualiza las reglas para autocaravanas y furgonetas camperizadas con la Instrucción PROT 2026/04, que incluye por primera vez de forma específica a los vehículos transformados. Circular con la Inspección Técnica de Vehículos (ITV) caducada o con defectos graves detectados en la revisión conlleva una multa de 200 euros, que se reduce a 100 si abonas la sanción en los primeros 20 días.

Lo que necesitas saber

  • Por qué es importante: el parque de autocaravanas se ha triplicado en diez años —de 48.000 en 2015 a casi 137.000 en 2025— y la DGT endurece los controles técnicos para garantizar la seguridad vial.
  • Cómo te afecta: los propietarios de furgonetas camperizadas pasarán la ITV con más frecuencia (anual antes de los 10 años, semestral a partir de esa edad) y se exponen a la misma multa de 200 euros si circulan con la revisión vencida.
  • Puntos clave y plazos: la instrucción está vigente desde su publicación en julio de 2026. Los plazos de ITV varían: autocaravanas (categoría M) cada 2 años si superan los 4, anual a partir de los 10; furgonetas camperizadas (categoría N), anual hasta los 10 años y semestral cuando los sobrepasan.

Qué cambia con la instrucción PROT 2026/04

La norma sustituye a la anterior Instrucción de 2023 y aclara una distinción que hasta ahora generaba dudas: la diferencia entre autocaravanas matriculadas como vehículos de categoría M y los furgones vivienda o furgonetas camperizadas, que pertenecen a la categoría N según el Real Decreto 920/2017. Esta clasificación es la que determina cada cuánto debes pasar la ITV, y las camperizadas salen peor paradas: para ellas, la revisión es obligatoria cada año desde el primer día de matriculación, y cada seis meses una vez cumplidos los diez años.

En cambio, las autocaravanas tradicionales pasan la ITV cada dos años a partir del cuarto año de antigüedad y una vez al año cuando superan la década. Circular con la ITV vencida, en cualquiera de los dos casos, supone una sanción de 200 euros, igual que llevar defectos graves detectados en la inspección sin haberlos subsanado. La DGT mantiene el pronto pago del 50 % si abonas la multa en los 20 días naturales siguientes a la notificación.

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Dónde puedes aparcar y dónde no: la advertencia municipal

La instrucción deja claro que las autocaravanas pueden parar y estacionar en las mismas condiciones que cualquier otro vehículo, siempre que respeten la señalización y las ordenanzas municipales de tráfico. Sin embargo, aquí entra la interpretación del Tribunal Supremo en su sentencia de 13 de marzo de 2018: los ayuntamientos tienen capacidad para limitar los tiempos de estacionamiento y, sobre todo, para prohibir el acto de acampar —desplegar toldos, sacar mesas o sillas, o similar— en vías urbanas fuera de las zonas autorizadas.

La DGT recuerda que esta potestad municipal busca evitar problemas de fluidez en el tráfico, seguridad peatonal y uso equitativo de los aparcamientos. Por tanto, aunque tu autocaravana o camper esté estacionada correctamente, cualquier acción que se interprete como acampada puede acarrear una sanción si la ordenanza local lo prohíbe. La instrucción incluye como apoyo la señal S-128 ‘Punto de vaciado de caravanas y autocaravanas’, del Catálogo de Señales verticales actualizado en 2025, que indica dónde se pueden vaciar las aguas residuales de forma legal.

El impacto real para los conductores de autocaravanas

Para el propietario medio, la novedad práctica es sencilla: revisa la pegatina de la ITV y anota en el calendario la próxima fecha según la categoría de tu vehículo. Si tienes una furgoneta camperizada, la visita al taller será más frecuente que la de un turismo, y olvidarlo te costará 200 euros. La DGT insiste en que la actualización era necesaria para adaptarse al crecimiento del sector y a las normativas autonómicas sobre áreas de acogida, que ya regulan comunidades como Navarra, Extremadura o Madrid.

La DGT unifica criterios sobre ITV y estacionamiento, pero la última palabra sobre dónde puedes pasar la noche la tiene el ayuntamiento de cada localidad.

En paralelo, el aumento imparable de este tipo de vehículos —casi 137.000 unidades en 2025, casi el triple que una década antes— explica la presión regulatoria. La instrucción responde también a la necesidad de dar coherencia a las distintas legislaciones autonómicas y locales que afectan al estacionamiento y al uso turístico de las autocaravanas. Si viajas en una de ellas, lo más recomendable es consultar las ordenanzas del municipio donde planeas parar y, ante la duda, buscar áreas señalizadas y homologadas para evitar sanciones.