La multa de 100 euros de la DGT por negarse a pagar el peaje

La DGT considera infracción leve no detenerse en la cabina de peaje, con una sanción de 100 euros, aunque el impago como tal no esté tipificado. Te explicamos qué dice la ley, cuándo arriesgas esa multa y cómo reclamar si el firme está en mal estado.

Negarte a pagar el peaje puede costarte una multa de 100 euros de la DGT. Incluso aunque el firme en mal estado te haya provocado daños, la protesta en la barrera tiene consecuencias legales que conviene conocer. El caso de un conductor que se negó a abonar la tarifa tras sufrir averías en su vehículo ha puesto de actualidad una normativa que muchos desconocen.

La escena transcurrió en una autopista de peaje. El conductor, camionero de profesión, alegó que el deplorable estado de la calzada le había roto el paragolpes, dañado el chasis y casi partido una llanta. «Se me ha partido el paragolpes y casi parto una llanta. Si llego a ir con el camión seguramente me hubiera ido a la cuneta», explicó. Así que se plantó en la cabina y dijo: «No voy a pagar el peaje». Tras un tenso intercambio, los empleados acabaron abriendo la barrera y el hombre se marchó sin abonar el importe.

A simple vista, parece que le salió bien. Pero la decisión de no pagar en ese momento le expuso a tres riesgos legales muy reales.

Publicidad

La infracción que sanciona la DGT: 100 euros por no detenerse en la cabina

Lo primero que hay que tener claro es que la DGT no sanciona el impago del peaje en sí, sino no detenerse en la cabina de cobro. El artículo 153 del Reglamento General de Circulación establece la obligación de parar el vehículo ante cualquier barrera o semáforo del peaje. La Dirección General de Tráfico (la DGT) considera esta conducta como una infracción leve y la castiga con una multa de 100 euros.

En la práctica, si te quedas parado sin pagar pero con el coche detenido, no se aplica este precepto de forma automática. Sin embargo, la Guardia Civil de Tráfico puede levantar un boletín de denuncia por entorpecer la circulación o por abandono del vehículo, que eleva la sanción hasta los 200 euros. Y si te marchas sin detenerte, la multa de 100 euros es casi segura.

Importante: esta infracción no conlleva pérdida de puntos del carnet, pero queda registrada en el sistema de la DGT. A partir de ahí, no se puede recurrir por vía administrativa si el radar de la cabina captó tu matrícula al pasar sin parar.

¿Qué pasa si me niego a pagar por el estado de la carretera?

El mal estado del firme no te exime de pagar el peaje. Al entrar en una autopista de peaje, adquieres un contrato de prestación de servicios con la empresa concesionaria. Si te niegas a abonar la tarifa, la concesionaria puede reclamarte judicialmente por la vía civil el importe del peaje, más las costas del proceso.

Además, la protesta en la barrera puede derivar en una multa de tráfico por abandono del vehículo o por obstaculizar el carril, como se ha señalado. Así que la jugada puede salirte por 100 euros de multa administrativa más el coste de la reclamación civil.

El procedimiento correcto, si crees que la carretera te ha causado daños, es pagar el peaje, solicitar la hoja de reclamaciones y recopilar pruebas del firme en mal estado (fotos, vídeos, informes). Después, puedes presentar una reclamación formal ante la Oficina de Consumo o el Ministerio de Transportes. La vía civil también está abierta si los daños son cuantiosos, pero siempre tras haber abonado el peaje.

Publicidad
DGT

El caso del camionero que no pagó y no recibió multa es anecdótico: según su propio relato, no ha llegado ninguna comunicación de la Guardia Civil. Pero la ausencia de sanción no implica que sea legal o recomendable imitarlo. Depende del celo de la concesionaria y de los agentes.

Pagar el peaje y reclamar después con pruebas es la vía legal; protestar en la barrera solo te suma una multa de 100 euros y un proceso civil.

Ficha de la Multa

  • A quién afecta: conductores que no se detengan en la cabina de peaje o abandonen el vehículo en el carril, impidiendo el cobro.
  • Cifras a tener en cuenta: multa de 100 euros por no detenerse (art. 153 RGC); posible sanción de 200 euros por abandono; reclamación civil del peaje por la concesionaria; sin pérdida de puntos.
  • Consejo para evitarlo: paga siempre el peaje, guarda el justificante y reclama los daños por el mal estado de la carretera a la concesionaria con pruebas documentales.