La Guardia Civil caza a un conductor a 242 km/h en tres radares fijos: multa de hasta 600 euros y 6 puntos por radar

Un conductor fue captado a 219, 232 y 242 km/h el mismo día en las autovías A-4 y A-6. La Guardia Civil de Tráfico lo investiga por un delito continuado que puede acarrear penas de prisión y la retirada del permiso de conducir.

La Guardia Civil de Tráfico investiga a un conductor por un delito continuado contra la seguridad vial después de ser captado por tres radares fijos el mismo día a velocidades de hasta 242 km/h. Los excesos superaron en más de 80 km/h los límites establecidos y han sido calificados como delito por el Grupo de Investigación y Análisis de Tráfico (GIAT) del Subsector de Málaga.

Los hechos ocurrieron el pasado 21 de febrero en las autovías A-4 y A-6. El vehículo fue detectado primero en Despeñaperros (Jaén), en la A-4, circulando a 219 km/h en un tramo limitado específicamente a 100 km/h. Horas después, otro radar lo registró en la A-6 a la altura de Benavente (Zamora) a 232 km/h cuando el máximo permitido era de 120 km/h. La tercera infracción se produjo en el municipio lucense de As Nogais (Lugo), también en la A-6, donde el cinemómetro marcó 242 km/h, prácticamente el doble del límite de la vía.

Tres radares, tres excesos de velocidad en el mismo día

La secuencia de infracciones no fue un descuido puntual. El conductor recorrió cientos de kilómetros en una misma jornada y en todos los controles fijos de velocidad que cruzó saltó la alerta por exceso muy grave. Según los datos de la investigación, los tres registros superan en más de 80 km/h el límite establecido en cada tramo, un umbral que el artículo 379.1 del Código Penal convierte automáticamente en delito.

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Ese detalle es el que ha llevado al GIAT a calificar los hechos como un delito continuado contra la seguridad vial. No se trata de una suma de multas administrativas, sino de una causa penal que puede acarrear consecuencias personales graves para el investigado. La Guardia Civil recuerda que el exceso de velocidad sigue siendo uno de los principales factores que disparan el riesgo de accidente y la severidad de las lesiones.

Superar en más de 80 km/h la velocidad permitida en vía interurbana no es una infracción de tráfico cualquiera: es un delito penal que te puede llevar a prisión.

Delito continuado contra la seguridad vial: el artículo 379.1 del Código Penal

El precepto es claro. Cualquier conductor que, en vía interurbana, rebase el límite de velocidad en más de 80 km/h comete un delito contra la seguridad vial. No hay margen de tolerancia administrativa: se pasa directamente a la vía penal. Si la conducta se repite en el tiempo y con unidad de propósito, como aquí —tres radares en un mismo día con un móvil común—, se puede apreciar un delito continuado, figura que agrupa varios hechos en una sola infracción penal con castigo unitario agravado.

La calificación exacta corresponde al juez, pero el marco penal está definido. Puedes consultar el texto completo del artículo 379.1 en el Código Penal en el BOE. Allí se establece que este delito se castiga con penas de prisión de tres a seis meses, multa de seis a doce meses o trabajos en beneficio de la comunidad de 31 a 90 días. Además, y esto es lo que más duele para quien vive del volante, conlleva la retirada del permiso de conducir por un periodo de entre uno y cuatro años.

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Penalidades: prisión, multa y sin carnet por años

En plata: el investigado se puede enfrentar a penas que van mucho más allá de una multa económica. La pena de prisión, aunque sea de tres a seis meses, deja antecedentes penales y puede implicar ingreso efectivo si no hay suspensión. La multa es una cantidad que fija el juez según cuota diaria —no tiene un límite fijo en euros, pero la ley habla de seis a doce meses de cuota—, y la retirada del carnet es innegociable.

Para que te hagas una idea: perder el permiso de conducir durante uno o dos años significa no poder trabajar si eres profesional del transporte, no poder llevar a los niños al colegio y depender de terceros para cualquier desplazamiento. Es una consecuencia personal muy dura que acompaña a la sanción penal.

Contexto: cómo actúa la Guardia Civil y por qué el exceso de velocidad sigue siendo un riesgo

La investigación del GIAT de Málaga demuestra que los radares fijos no son simples máquinas aisladas: la Guardia Civil cruza datos de distintos puntos kilométricos y puede detectar pautas de conducción temeraria. Los sistemas de gestión de la DGT y del Grupo de Tráfico permiten vincular matrícula y titular, y con ello abrir diligencias penales cuando los excesos superan los umbrales del Código Penal.

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En los últimos años, la detección de delitos continuados por velocidad se ha vuelto más frecuente gracias a la extensión de la red de radares fijos y a la capacidad de análisis del GIAT. La velocidad inadecuada sigue detrás del 21% de los accidentes mortales en carretera, según los datos del Observatorio de la DGT. Este caso es un ejemplo extremo, pero recuerda que incluso un exceso puntual puede tener consecuencias penales si pasas de los 80 km/h por encima del límite.

Claves de la Normativa

  • A quién afecta: cualquier conductor que en vía interurbana supere el límite de velocidad en más de 80 km/h. Afecta también a quien, con unidad de propósito, repite la conducta en un mismo desplazamiento o jornada.
  • Cifras a tener en cuenta: penas de prisión de 3 a 6 meses, multa de 6 a 12 meses (cuota diaria) o trabajos en beneficio de la comunidad. Retirada del permiso de conducir de 1 a 4 años. Las velocidades registradas en este caso: 219, 232 y 242 km/h.
  • Consejo para evitarlo: respeta siempre los límites de velocidad señalizados; si conduces durante horas, mantén la atención. Los radares fijos están interconectados y pueden servir para reconstruir un delito continuado.

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