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¿Pueden los vehículos clásicos circular por las zonas ZBE?

Si eres aficionado a los vehículos clásicos o históricos, puedes tener la duda de que sucederá con ellos en las zonas de bajas emisiones. Preguntas relativas a su modificación necesaria, su matriculación, sus requisitos administrativos frente a la nueva normativa anticontaminación, son algunas de las mas recurrentes entre los usuarios y aficionados a este apasionante mundo representativo de la evolución del coche, a lo largo de la historia contemporánea.

Cuando un vehículo es histórico

Seat 600 vehículo clásico

En España la consideración de vehículo histórico esta reglada en un especial reglamento general de vehículos históricos, y por otra parte la DGT aconseja y exige el cumplimiento de las condiciones para que se pueda circular por las carreteras y vías de todo el territorio nacional, y evitar así los problemas de seguridad vial y las siempre molestas sanciones y multas. Un vehículo se considera histórico cuando cumple las siguientes condiciones:

  • Fue fabricado o matriculado por primera vez con una anterioridad de treinta años, como mínimo.
  • Su tipo específico ha dejado de producirse.
  • Está en su estado original y no ha sido sometido a ningún cambio fundamental en cuanto a sus características técnicas o componentes principales, como el motor, los frenos, la dirección, la suspensión o la carrocería.