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Desde hoy, si llevas esto en el coche la DGT te va a multar con 500 euros

La Dirección General de Tráfico (DGT) ha querido recordar a los conductores que el uso de detectores de radares en los vehículos está terminantemente prohibido. Estos dispositivos, que utilizan un sistema de detección en tiempo real para identificar la presencia de radares fijos, móviles o de tramo, alertan a los conductores con anticipación para que reduzcan la velocidad y eviten sanciones.

Tras la última reforma del código de circulación, portar este tipo de aparatos en el coche está tajantemente prohibido. Si un agente descubre que llevas uno en el coche, aunque no esté activado, te puede multar con 500 euros.

La ilegalidad de los detectores de radares

La DGT quiere hacer hincapié en que el uso de este tipo de dispositivos es ilegal y constituye una infracción grave. Según la normativa vigente, llevar un detector de radares en el vehículo supone una multa de 500 euros y la retirada de tres puntos del carnet de conducir. Es importante destacar que la mera posesión de este dispositivo, aunque no esté en funcionamiento, ya es considerada como una infracción por sí misma.

El objetivo de esta prohibición es garantizar la seguridad vial y evitar conductas temerarias en la conducción. Los detectores de radares proporcionan a los conductores una ventaja injusta al permitirles evadir la detección y evitar las consecuencias de sus acciones. La DGT considera que esta práctica fomenta la impunidad en el cumplimiento de las normas de tráfico y pone en riesgo la seguridad de todos los usuarios de la vía.

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