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Multa de la DGT por conducir un ‘coche fantasma’. Así se recurre

Estás en tu casa plácidamente y recibes la notificación de una multa de la Dirección General de Tráfico (DGT) que hace referencia a un coche que jamás has conducido. ¿Cómo es posible? Alguien te ha identificado incorrectamente como el conductor del vehículo sancionado. Ahora la pelota está sobre tu tejado y debes actuar con celeridad para resolver la papeleta. Esto es lo que debes hacer.

En primer lugar, siempre existe la posibilidad de denunciar esta circunstancia ante un juzgado, en una comisaría o ante la Guardia Civil, para ver, si el uso de esos datos personales pudieran ser constitutivo de delito.

Tienes 20 días naturales para alegar

Por lo que respecta al procedimiento sancionador, es importante saber que, una vez se recibe la notificación de una multa, donde el propietario ha identificado indebida o erróneamente, existe la posibilidad de formular alegaciones en el plazo de 20 días naturales contra la sanción de la DGT.

DGT

En este sentido, hay que tener en cuenta que la responsabilidad, por las infracciones de tráfico, recaerá directamente en el autor del hecho en que consista la infracción. Por tanto, es evidente que, si uno no es el responsable de esa infracción, debe formular las alegaciones dentro del plazo concedido al efecto, negando haber conducido el vehículo el día y hora de la presunta infracción, según nos aseguran desde Legálitas.

Con la mera negativa podría ser suficiente para que la Administración competente acordase estimar las alegaciones y archivar el procedimiento de la DGT frente al conductor, además de acordar el inicio de otro procedimiento frente al propietario del vehículo por incumplir su obligación de identificar de manera veraz al conductor.