La multa de hasta 200 euros de la DGT por dar ráfagas de luces para avisar de radares

La DGT considera ilegal cualquier uso de las luces que no esté previsto en el Reglamento General de Circulación. Avisar de un radar con ráfagas o agradecer con los emergencia puede traducirse en una sanción de hasta 200 euros, aunque en la práctica los agentes suelen ser más tole

Si conduces y ves un radar, la tentación de avisar al resto con una ráfaga de luces largas es casi automática. La DGT lo considera un uso indebido del alumbrado y, desde hace años, recuerda que ese gesto, por bienintencionado que parezca, puede costarte hasta 200 euros. La misma suerte corren otros avisos luminosos entre conductores, como el doble toque a los emergencia para dar las gracias.

Qué dice la DGT sobre las ráfagas de luces para avisar de radares

Aunque el Reglamento General de Circulación no incluye una prohibición expresa con las palabras ‘prohibido avisar de un radar con las luces’, el artículo 109 deja claro que las señales ópticas del vehículo solo pueden utilizarse en los supuestos que el propio reglamento describe: señalizar una maniobra, indicar una inmovilización por avería o accidente, advertir de un peligro inmediato o facilitar la visión nocturna. Cualquier otro uso, por bienintencionado que resulte, encaja en un uso indebido del alumbrado y la DGT no duda en calificarlo de infracción leve.

Esto afecta tanto a las ráfagas de luces largas con las que muchos conductores intentan alertar de la presencia de un control policial o de un radar como a los parpadeos de los intermitentes de emergencia que se han convertido en el ‘gracias’ universal en atascos e incorporaciones. Incluso la costumbre clásica de los camiones de avisar con luces de que ya han completado un adelantamiento y pueden volver al carril, aunque no figure en el código escrito, cae bajo el mismo paraguas sancionador si un agente decide aplicarlo.

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La multa no distingue entre buena intención y gamberrada: el mal uso del alumbrado es infracción, y la DGT te puede sancionar aunque solo dieras un golpe de luces para ser amable.

Cuánto te puede costar en euros: las dos sanciones que baraja la DGT

En la práctica, el importe exacto varía según cómo interprete el agente la conducta. La infracción leve por uso indebido de las señales ópticas puede acarrear una sanción de hasta 200 euros cuando se emplean las luces largas para avisar de un radar o para cualquier fin no reglamentario. En cambio, si lo que haces es dar las gracias con uno o dos toques a los ‘warning’, la DGT suele fijar la cuantía en 80 euros, siguiendo un criterio más extendido. En ninguno de los dos casos hay detracción de puntos del carnet.

Conviene saber que ambas multas se pueden acoger al pronto pago: si ingresas el importe en los veinte días naturales siguientes a la notificación, te beneficiarás de una reducción del 50 %, con lo que los 200 euros se quedan en 100 euros y los 80 euros en 40 euros. Eso sí, abonar la sanción por esta vía supone renunciar al derecho a formular alegaciones, así que solo interesa si tienes claro que no vas a recurrir.

La realidad diaria, como admite la propia DGT, es que las multas por estas prácticas de cortesía son infrecuentes. Hay muchas más denuncias por no usar los intermitentes al cambiar de carril o al salir de una rotonda que por dar un fogonazo de agradecimiento. Aun así, el riesgo existe, sobre todo si coinciden varios avisos reiterados o si se producen en un contexto de mayor vigilancia, como una campaña de control de velocidad.

conductor, control alcohol
Foto: DGT

Entre la costumbre y el reglamento: el vacío legal que los conductores usan a diario

La paradoja es evidente: el Reglamento General de Circulación no ha tipificado de manera expresa la prohibición de estos gestos, pero el artículo 109 es la red que todo lo atrapa. Al no existir una lista cerrada de conductas prohibidas y bastar con la cláusula general del ‘uso indebido’, cualquier agente puede encuadrar dentro de ella el aviso de radar, el agradecimiento luminoso o las señales de cortesía entre camiones.

En otros países europeos la situación es similar. Francia, por ejemplo, sanciona con hasta 68 euros avisar de radares con luces o con aplicaciones, y en Alemania el uso de las largas para comunicarse está regulado de forma más estricta. En España, mientras no se publique una reforma que aclare qué comportamientos lumínicos están permitidos y cuáles no, seguiremos moviéndonos entre la tolerancia práctica y la posibilidad, nada descartable, de que un día te llegue a casa la notificación de la multa.

Mi consejo como asesor que se ha leído el BOE por ti: si quieres dar las gracias en carretera, usa la mano cuando sea visible; si no se ve, limítate a un gesto prudente o, directamente, acepta que la cortesía al volante sigue siendo más segura con intermitentes reglamentarios y distancia de sobra. Y si ves un radar, recuerda que frenar bruscamente para avisar con ráfagas es más peligroso que el propio control.

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Ficha de la Multa

  • A quién afecta: A cualquier conductor que utilice las luces del vehículo para avisar de un radar, agradecer una cesión o comunicarse con otros conductores fuera de los casos previstos en el Reglamento General de Circulación.
  • Cifras a tener en cuenta: Hasta 200 euros por el uso indebido de las señales ópticas; si el gesto se limita a un parpadeo de las luces de emergencia, la sanción suele ser de 80 euros. Ninguna de las dos conductas resta puntos del carnet.
  • Consejo para evitarlo: Sustituye los avisos luminosos por señales manuales visibles o intermitentes reglamentarios; en caso de avistar un radar, mantén la velocidad legal y evita los fogonazos que pueden confundir al resto de conductores.