Aparcar en sentido contrario a la circulación puede costarte una multa de 500 euros y 6 puntos del carnet. La DGT recuerda que el Reglamento General de Circulación no deja margen en las vías de doble dirección y que la sanción cambia según esté o no un agente delante.
El constante aumento del parque de vehículos, sobre todo en ciudades grandes, convierte el aparcamiento en una de las maniobras más vigiladas. Por eso conviene repasar qué dice la normativa antes de dejar el coche en el lado que no toca: lo que parece un simple despiste puede acabar en una infracción grave con puntos incluidos.
Qué dice el Reglamento General de Circulación
El artículo 90 del Reglamento General de Circulación fija dónde se puede parar y estacionar. Fuera de poblado, la norma prohíbe dejar el coche en la calzada y obliga a apartarlo al lado derecho, manteniendo despejada la zona transitable del arcén. El objetivo es que, en caso de emergencia, el conductor disponga de espacio suficiente para aplicar las normas de señalización.
En zonas urbanas, el automóvil debe ajustarse lo máximo posible al borde derecho. El estacionamiento en el costado izquierdo solo está permitido en las calzadas de sentido único. Por eso, si aparcas en el sentido opuesto al de la marcha en una vía de doble dirección, la infracción está clara.
No vale la excusa de que la calle es ancha o de que apenas molesta. La norma prioriza que el vehículo quede orientado como el resto del tráfico y que al salir no invada el carril contrario. Es una regla de seguridad, no solo de ordenamiento del espacio.
Cuánto pagas y cuándo pierdes puntos
La sanción por estacionar en sentido contrario no es fija: va de 100 a 500 euros según la gravedad de la infracción. Si ningún agente de la autoridad ha presenciado la maniobra ilegal, la infracción se considera leve y la multa se queda en 100 euros. Esa cantidad puede reducirse a 50 euros si te acoges al pronto pago.
Pagar pronto evita sustos, pero si un agente presencia la maniobra la multa se dispara hasta los 500 euros y suma 6 puntos.
En cambio, si un agente te pilla en el momento de aparcar en el sentido contrario, la infracción pasa a ser grave. La sanción económica puede llegar a 500 euros y, además, puede suponer la retirada de 6 puntos del permiso de conducir. Este es el escenario más caro y conviene tenerlo muy presente.
El reglamento también castiga como infracción grave otras conductas de estacionamiento que generen riesgo u obstáculo:
- Dejar un espacio inferior a 3 metros respecto al lado opuesto de la calzada o frente a una línea continua, impidiendo el paso a otros conductores.
- Bloquear el acceso o la salida de un inmueble.
- Obstruir un vado correctamente señalizado.
- Entorpecer los pasos habilitados para personas con discapacidad.
Cuándo no es sancionable y qué papel juegan los ayuntamientos
No todo estacionamiento a la izquierda es ilegal. En vías urbanas de sentido único, puedes aparcar en el lado izquierdo sin que se aplique esta sanción, siempre que respetes las señales y no entorpezcas la circulación. En el resto de vías, manda la regla del borde derecho, y conviene revisar si hay marcas viales o señalización específica.
Los ayuntamientos tienen potestad para regular las paradas y los estacionamientos mediante ordenanzas municipales. Pueden fijar límites de tiempo, exigir el ticket correspondiente e incluso ordenar la inmovilización del vehículo si aparcas sin él. Esto significa que una calle puede admitir lo que otra prohíbe, incluso dentro de la misma ciudad.
Antes de aparcar en contra del sentido de la marcha, mira el sentido de la vía, comprueba si es de doble dirección y observa si hay un agente cerca: la diferencia entre una multa leve de 100 euros y una grave de 500 euros puede estar en ese detalle. Lo más seguro es dar la vuelta y estacionar siempre en el lado derecho, con el coche orientado en el mismo sentido que el tráfico.
Si ya has recibido la multa, revisa si se tramitó como leve o grave. En el primer caso, el pronto pago reduce la factura a la mitad; en el segundo, conviene plantearse si hubo algún error en la denuncia, como una identificación incorrecta del lugar o del sentido de la vía.
Ficha de la Multa
- A quién afecta: conductores que estacionen en sentido contrario a la circulación en vías de doble dirección, especialmente en ciudad.
- Cifras a tener en cuenta: 100 euros si nadie presencia la maniobra, reducibles a 50 euros con pronto pago; 500 euros y 6 puntos si un agente presencia la infracción.
- Consejo para evitarlo: aparca siempre en el lado derecho de la vía; el lado izquierdo solo es legal en calles de sentido único.

