¿Son obligatorias las gafas de repuesto en el coche? La multa de 200 euros de la DGT

La norma que obligaba a llevar un segundo par de gafas en la guantera se derogó en 1997. Sin embargo, circular sin gafas o lentillas cuando tu carné lo exige sigue considerándose infracción grave: 200 euros, aunque sin retirada de puntos.

Las gafas de repuesto en el coche no son obligatorias. Lo fueron, sí, pero eso quedó atrás en 1997. Y aun así, la duda sigue circulando entre los conductores: no son pocos los que creen que la DGT puede multarles por no llevar un segundo par en la guantera. El problema es que, pendientes de ese bulo, muchos pasan por alto la norma que de verdad les afecta. Si tu carné lleva anotado el código 01, circular sin tus gafas o lentillas cuesta 200 euros.

Con la entrada en vigor del nuevo Reglamento General de Circulación en el horizonte, la pregunta ha vuelto a la primera fila. La respuesta corta ya la tienes. Ahora vamos con la larga, porque hay matices que conviene tener claros antes de que te paren en un control.

El bulo que viene de los años 80: la norma existió, pero se derogó

No, no es una leyenda urbana. Hubo un tiempo en el que llevar gafas de repuesto en el coche era, de verdad, obligatorio. La propia DGT confirma que en los años 80 y 90 no portar un par adicional en la guantera —siempre que lo necesitaras para conducir— era motivo de sanción. Eso sí, hablamos de una infracción leve, y la multa era de 2.500 pesetas, unos 15 euros al cambio de entonces.

Publicidad

La regla se mantuvo hasta 1997. Ese año, con la aprobación de un nuevo Reglamento General de Conductores, la exigencia desapareció del ordenamiento. El motivo fue tan sencillo como cotidiano: con la popularización de las lentillas, pedir un segundo par de gafas dejó de tener sentido.

A partir de ahí empezaron a normalizarse los códigos que hoy ves en el reverso de tu permiso. El 01.01 significa que tienes que conducir con gafas; el 01.02, que la corrección admitida son las lentillas; y el 01.06, que puedes usar cualquiera de las dos. Esa codificación nació, precisamente, para que cada conductor eligiera su modo de corrección preferido.

Tres décadas después, la obligación ya no está en la guantera: está impresa en el reverso de tu carné, y esa sí se sanciona.

Qué exige la ley hoy: los códigos 01.01 y 01.02 de tu carné

La normativa vigente no te pide un repuesto. Te pide algo más básico y más serio: que si necesitas corrección visual para alcanzar la agudeza mínima legal, la lleves puesta. El umbral es una agudeza visual binocular de 0,5, y quien no la alcance está obligado a conducir con gafas o lentillas.

Esa obligación se refleja en tu permiso mediante el código 01, que además especifica qué tipo de corrección necesitas. Y aquí está la clave: si los agentes te paran y ven que circulas sin el elemento obligatorio, la sanción se considera infracción grave. Son 200 euros de multa, pero sin retirada de puntos del carné.

Todo esto viene regulado por el artículo 3 del Reglamento General de Conductores, que recuerda que el titular de un permiso debe conducir ‘con sujeción a las menciones, adaptaciones, restricciones y otras limitaciones que figuren en dicho carné’. Traducido a la vida real: lo que tu permiso dice sobre tu vista es obligatorio cumplirlo.

Por qué la DGT sigue recomendando llevar un par de repuesto

Que no sea obligatorio no significa que sea mala idea. La propia DGT mantiene la recomendación de llevar un par adicional de gafas en sus manuales de seguridad vial. Es la misma lógica que se aplica a otras costumbres: no hay multa por conducir con chanclas, pero nadie sensato lo defiende. Si se te rompe la montura o pierdes una lentilla a mitad de viaje, un repuesto te ahorra quedarte tirado o conducir sin la corrección que te exige el carné.

Publicidad

Ahí está el detalle práctico que casi nadie revisa. Coge tu permiso y mira el reverso. Puede que lleves años con un código anotado sin prestarle atención, o que te hayan puesto lentillas después de renovarlo y no lo hayas actualizado. Ante un control, poco importa lo que recuerdes: manda lo que figura en el documento.

Conviene además situar el contexto. En las últimas semanas el foco está puesto en la gran reforma del Reglamento General de Circulación, publicada en el BOE el 26 de junio y con entrada en vigor el próximo 1 de octubre. La norma trae cambios relevantes para motos, adelantamientos y vehículos de movilidad personal, pero no altera esta regla: la corrección visual se sigue rigiendo por el Reglamento General de Conductores. La pauta de fondo no cambia.

Publicidad

Si tienes dudas sobre qué código llevas o quieres comprobarlo antes de renovar, la página oficial de la DGT reúne los trámites del permiso y las restricciones asociadas a cada mención. Un minuto de consulta te evita un disgusto.

En resumen: no te obsesiones con la guantera, ocúpate del carné. La multa por no llevar gafas de repuesto no existe, pero la de conducir sin las lentes que tu permiso exige sí, y son 200 euros. Llevar un par extra es solo sentido común. Llevar puestas las que te tocan es la ley.

Ficha de la Multa

  • A quién afecta: a los conductores cuyo permiso incluye el código 01 (con sus variantes 01.01, 01.02 y 01.06), es decir, quienes necesitan gafas o lentillas para alcanzar la agudeza visual mínima.
  • Cifras a tener en cuenta: 200 euros de multa por conducir sin la corrección obligatoria, calificada como infracción grave y sin pérdida de puntos. La agudeza visual binocular mínima exigida es de 0,5.
  • Consejo para evitarlo: revisa el reverso de tu carné, confirma qué código llevas y conduce siempre con la corrección indicada; llevar un par de gafas de repuesto sigue siendo una recomendación, no una obligación.