Si eres de los que disfrutan de la carretera a lomos de una moto, apunta esta fecha: 1 de octubre de 2026. A partir de ese día, la DGT te obliga a llevar un chaleco reflectante homologado siempre que circules por vías interurbanas. Y no, no se trata de una recomendación: es una obligación que, si la incumples, te puede costar 200 euros de multa.
La novedad llega con el Real Decreto 518/2026, publicado en el BOE del 26 de junio, que modifica el Reglamento General de Circulación. Hasta ahora, solo los conductores de turismos y vehículos de cuatro ruedas estaban obligados a llevar el chaleco en la guantera. Con este cambio, la norma se extiende a las motocicletas y escúteres, aunque con matices importantes que todo motorista debe conocer.
Qué dice exactamente el BOE
Para que no haya dudas, el texto del artículo 118, apartado 4 del Reglamento General de Circulación, tras la reforma, es rotundo: ‘Los conductores de motocicletas, turismos, autobuses, automóviles destinados al transporte de mercancías, vehículos mixtos, conjuntos de vehículos no agrícolas, así como los conductores y personal auxiliar de los vehículos piloto de protección y acompañamiento, deberán utilizar un chaleco reflectante de alta visibilidad, de acuerdo con los requisitos de los equipos de protección individual, que figura entre la dotación obligatoria del vehículo, cuando salgan de este y ocupen la calzada o el arcén de las vías interurbanas’.
La clave está en la coletilla final: el chaleco no hay que llevarlo puesto mientras conduces. La obligación es portarlo en el vehículo —bajo el asiento, en un bolsillo de la chaqueta o en una pequeña mochila— y utilizarlo si te bajas de la moto en carretera o autopista, por ejemplo, tras una avería. En ciudad, de momento, no es exigible.
Cuándo debes ponértelo y cuándo basta con llevarlo
Este es el punto que genera más confusión entre los motoristas. La norma habla de circular por vías interurbanas: carreteras convencionales, autovías y autopistas. Si solo te mueves por el casco urbano, no estás obligado a llevar el chaleco. Pero en cuanto sales a una vía de doble sentido fuera de poblado, tienes que contar con él.
Si tu moto se para en el arcén y necesitas bajarte, el chaleco debe estar puesto antes de pisar el asfalto. La Guardia Civil de Tráfico puede sancionarte si te sorprende en el arcén sin él, aunque la avería sea evidente. La lógica es la misma que con los triángulos: cuando abandonas el vehículo, te conviertes en un peatón vulnerable y la alta visibilidad reduce el riesgo de atropello.

Multa de 200 euros: cuánto duele el descuido
La sanción por no llevar el chaleco reflectante en moto está tipificada como infracción grave. Traducido a euros: 200 euros de multa. Si decides pagar en los veinte días siguientes a la notificación, te aplican el pronto pago: la cuantía se reduce a la mitad, 100 euros, pero pierdes la posibilidad de presentar alegaciones.
En este caso, la infracción no conlleva detracción de puntos del carnet de conducir. La DGT no ha incluido pérdida de puntos en el cuadro sancionador de esta obligación, algo que sí sucede, por ejemplo, al usar el móvil al volante. Aun así, 200 euros no son una broma, y más si te pilla en un control rutinario y no puedes demostrar que llevas el chaleco en la moto.
Aunque parezca un trámite menor, olvidar el chaleco en casa te puede salir caro: 200 euros y la obligación de acreditarlo en un control. Mejor llevarlo siempre bajo el asiento.
Un cambio necesario y una advertencia final
La medida no nace por capricho. Los datos de siniestralidad en vías interurbanas muestran que los motoristas que se bajan de la moto en el arcén son especialmente vulnerables, sobre todo de noche o con poca visibilidad. Países como Francia o Italia ya exigen el chaleco reflectante para motociclistas desde hace años, y la Comisión Europea lleva tiempo impulsando esta armonización. Ahora España se suma con una norma que, en la práctica, muchos conductores ya cumplían de forma voluntaria.
Conviene recordar que el chaleco debe estar homologado según la normativa de equipos de protección individual (EPI). No vale cualquier prenda amarilla: tiene que llevar el marcado CE y ser de alta visibilidad. Los modelos más básicos cuestan entre 5 y 15 euros, y ocupan poco espacio una vez doblados. Si aún no lo tienes, hazte con uno antes de octubre; así evitas prisas y multas innecesarias.
Ficha de la Multa
- A quién afecta: Conductores de motocicletas y escúteres que circulen por vías interurbanas (carreteras, autovías y autopistas).
- Cifras a tener en cuenta: Sanción de 200 euros (reducible a 100 euros por pronto pago). No implica pérdida de puntos del carnet.
- Consejo para evitarlo: Guarda el chaleco reflectante homologado bajo el asiento o en la chaqueta y póntelo siempre que te bajes de la moto en el arcén.

