Circular con un patinete eléctrico sin seguro ya tiene consecuencias mucho más caras: la multa puede alcanzar los 800 euros. La Dirección General de Tráfico (DGT) acaba de empezar a aplicar el Real Decreto 52/2026, que obliga a todos los Vehículos de Movilidad Personal (VMP) a disponer de un seguro de responsabilidad civil y a inscribirse en el nuevo Registro de Vehículos Personales Ligeros.
La norma, que entró en vigor con la publicación del decreto en el Boletín Oficial del Estado, persigue reducir la inseguridad jurídica que rodea a los más de cuatro millones de patinetes eléctricos que, según estimaciones de la propia DGT, circulan por España. A partir de ahora, cualquier usuario que no cumpla con estas obligaciones se enfrenta a sanciones económicas significativas y, en determinados supuestos, a la inmovilización del vehículo hasta que regularice su situación.
Qué exige la nueva normativa: seguro, registro y etiqueta identificativa
El Real Decreto 52/2026 establece tres obligaciones claras. La primera es inscribir cada patinete en el Registro de Vehículos Personales Ligeros, un trámite que se puede realizar a través de la sede electrónica de la DGT, el teléfono 060 o mediante gestores administrativos e incluso en el momento de la compra en establecimientos autorizados.
Una vez completado el registro, la DGT asigna un número identificativo único que debe aparecer en una etiqueta visible instalada en el vehículo, similar a una placa de matrícula. Los modelos más recientes, que ya cuentan con certificado de circulación y placa de marcaje de fábrica, solo necesitan aportar los datos del propietario y el número de serie; los patinetes más antiguos, sin certificado, pueden registrarse con la factura de compra, la ficha técnica o fotografías del vehículo.
La segunda obligación es contratar un seguro de responsabilidad civil que cubra los daños a terceros en caso de accidente. No se trata de una cobertura completa como la de un coche, sino de una póliza básica que responde por lesiones o daños materiales causados a otras personas. Según estimaciones del sector, el precio de esta cobertura para un patinete eléctrico oscila entre 30 y 80 euros anuales, una cantidad muy inferior a la sanción por circular sin ella.
La tercera obligación es llevar la etiqueta identificativa de forma visible mientras se circula. La DGT ha aclarado que no llevarla también constituye una infracción y puede acarrear una sanción adicional.
A quién afecta y cuáles son los plazos
La normativa afecta a todos los vehículos de movilidad personal, independientemente de su antigüedad. Los que no cumplen los requisitos técnicos actuales pueden seguir circulando de forma transitoria hasta el 22 de enero de 2027, siempre que estén inscritos y asegurados. Superada esa fecha, solo podrán transitar aquellos que se adapten plenamente a las exigencias técnicas.
El cambio de titularidad de un patinete debe comunicarse en un plazo máximo de 30 días desde la compraventa, y la baja definitiva del vehículo también queda regulada para evitar que sigan circulando modelos obsoletos sin cobertura. Para el usuario particular, lo inmediato es revisar si el patinete ya dispone de certificado de circulación para facilitar el registro y, en cualquier caso, contratar el seguro antes de volver a circular.
Las sanciones económicas por no cumplir con el aseguramiento obligatorio van de 250 a 800 euros, según la calificación del vehículo. Además, la falta de aseguramiento como concepto separado puede añadir otras multas que oscilan entre los 202 y los 610 euros. En casos de reincidencia o ausencia grave de documentación, los agentes pueden inmovilizar el patinete hasta que se resuelva la situación administrativa, lo que supone un perjuicio inmediato para el usuario que lo utiliza como medio de transporte habitual.
El seguro de un patinete eléctrico cuesta, de media, menos de lo que vale una sola multa por no tenerlo: contratarlo es la decisión más económica.
Lo que cubre la póliza obligatoria y lo que no
El seguro de responsabilidad civil para VMP solo cubre los daños a terceras personas (lesiones y daños materiales) derivados de un accidente en el que el conductor del patinete sea el responsable. No incluye la defensa jurídica automática, la asistencia en carretera ni los daños propios del vehículo ni del conductor. Para ampliar la protección, muchas aseguradoras ya están lanzando productos complementarios con coberturas como robo, incendio o asistencia en desplazamiento por un suplemento moderado.
Lo que conviene comprobar antes de firmar es la cuantía del capital asegurado. La normativa exige una cobertura de responsabilidad civil con un límite mínimo que, en la práctica, sitúa la mayoría de pólizas entre los 150.000 y 300.000 euros por siniestro. Un importe inferior podría resultar insuficiente en caso de accidente con lesiones graves y obligar al usuario a pagar de su bolsillo la diferencia.
📌 El seguro al detalle
- Qué ofrece este seguro: cobertura de responsabilidad civil por daños a terceros (lesiones y materiales) en accidentes causados con el patinete eléctrico, con capitales asegurados que suelen ir de 150.000 a 300.000 euros por siniestro.
- A quién va dirigido: a cualquier usuario de patinete eléctrico o VMP que necesite cumplir con la nueva normativa de la DGT, tanto modelos recientes como antiguos, y que quiera evitar multas de hasta 800 euros.
- Cuánto cuesta: entre 30 y 80 euros anuales, según el tipo de patinete, la antigüedad del conductor y si se añaden coberturas complementarias (robo, asistencia, etc.). La cuota mensual ronda los 2,5 a 6,5 euros.

