Circular con la ITV caducada es una infracción grave que la DGT sanciona con 200 euros y que puede suponer la inmovilización del vehículo. Pero un juzgado de Oviedo acaba de poner límites a esa potestad sancionadora: si el coche estaba simplemente aparcado, la multa puede ser ilegal. La sentencia tumba la sanción impuesta a un conductor cuyo vehículo estaba estacionado en la calle sin la inspección en vigor y abre la puerta a que miles de afectados puedan plantear un recurso con éxito.
¿Por qué se ha anulado la multa por ITV caducada?
El tribunal considera que la sanción carece de cobertura legal porque la conducta castigada —conducir o circular con la inspección vencida— no se corresponde con el hecho que constaba en la denuncia: tener el coche parado. El juez aplica el principio de tipicidad, que exige que toda infracción esté descrita de manera expresa en la norma, y concluye que el mero estacionamiento no encaja en el tipo sancionador que aplicó Tráfico.
En la práctica, esto significa que si el boletín de denuncia no acredita que el vehículo estaba circulando —por ejemplo, porque el agente no lo vio en movimiento o no lo hizo constar—, la multa de 200 euros no puede sostenerse. “Aquí lo relevante es que la denuncia no recogía que el coche estuviera circulando, solo que estaba aparcado sin la ITV en vigor”, explican fuentes jurídicas cercanas al caso.
¿Puedes recurrir tu multa si el coche estaba aparcado?
La respuesta depende de lo que figure en la denuncia. Si en el expediente sancionador no se menciona que el vehículo fue interceptado en marcha o que el agente comprobó su circulación, tienes argumentos sólidos para impugnarla. Basta con que alegues que el hecho imputado —estacionar— no constituye la infracción prevista en la normativa de tráfico y aportes la referencia de esta sentencia.
Para presentar el recurso, sigue estos pasos:
- Revisa la denuncia: localiza la descripción de los hechos y comprueba si habla de “circulando”, “en movimiento” o si simplemente indica que el coche estaba aparcado en la vía pública.
- Redacta un escrito de alegaciones citando el principio de tipicidad y la sentencia del juzgado de Oviedo. Argumenta que la conducta sancionada —tener el vehículo estacionado— no está tipificada como infracción en el Reglamento General de Circulación.
- Presenta el recurso en el plazo de 20 días naturales desde la notificación de la denuncia (si se trata de un procedimiento abreviado, tienes 20 días para el pago voluntario y para recurrir).
Ahora bien, si fuiste cazado circulando con la ITV vencida, la multa es firme y no hay recurso posible. La sentencia solo protege a quienes tenían el coche parado.
¿Qué riesgos mantiene circular con la ITV caducada?
La resolución no cambia la norma general: si el vehículo se desplaza sin la inspección en vigor, la sanción de 200 euros sigue estando vigente y, además, los agentes pueden ordenar su inmovilización hasta que se pase la ITV. Tampoco elimina la obligación de tener la revisión al día, que sigue siendo un requisito indispensable para circular con seguridad y cobertura legal.
Conviene recordar que, aunque la multa por ITV caducada no conlleva pérdida de puntos del carné, sí puede generar complicaciones adicionales si sufres un accidente: la aseguradora podría no hacerse cargo de los daños propios si el vehículo carecía de la inspección en el momento del siniestro.
La mera tenencia del coche estacionado sin ITV no es infracción, porque el tipo sancionador exige circular con el vehículo.
🛠️ Guía rápida: revisión y mantenimiento
- Lo que debes revisar: comprueba si tu denuncia por ITV caducada especifica que el coche estaba circulando o solo estacionado. Si no hay constancia de movimiento, tienes base para recurrir.
- Cómo hacerlo: presenta un recurso de alegaciones en los 20 primeros días tras la notificación, citando el principio de tipicidad y la sentencia del juzgado de Oviedo. No necesitas abogado para la vía administrativa, aunque un asesoramiento profesional puede aumentar las posibilidades de éxito.
- Cuánto cuesta: la multa que puedes evitar es de 200 euros. El recurso en vía administrativa es gratuito; si decides contratar un abogado, consulta previamente los costes.

