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Esto es lo que le ocurrirá a los coches con etiquetas A, B y C a partir de 2023

El año que viene supone una fecha clave para la movilidad, especialmente sobre los usuarios en coches, que de forma independiente usan un vehículo para los desplazamientos.

La polémica ley del cambio climático aprobada en Mayo de 2021, establece en su artículo 14, las condiciones precisas y necesarias que el Estado, las CCAA y las corporaciones municipales deben adoptar frente a la agenda 2050, con el fin de alcanzar el nivel 0 de emisiones a la atmosfera, albergando así la futura sostenibilidad del planeta, ecosistemas y civilizaciones en constante desarrollo.

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¿Qué podemos hacer con cada un de los distintivos?

Los vehículos más perjudicados son los de etiqueta A. En realidad, estos son precisamente aquellos que no llevan etiqueta y hace referencia a aquellos vehículos matriculados antes del año 2001 que no podrán circular por las áreas acotadas por los ayuntamientos, aunque existen excepciones.

Los de etiqueta B (de color amarillo) corresponden a turismos y furgonetas ligeras propulsadas por gasolina y matriculadas a partir de enero del 2000, o diésel a partir de enero de 2006. Los coches con pegatina B pueden acceder a las ZBE pero no aparcar dentro de ellas. Podrán circular y aparcar por las calles perimetradas de cualquier provincia, a excepción de Madrid, donde no se podrá estacionar en la almendra central.

Por último, los vehículos que tienen la etiqueta C (de color verde) son aquellos turismos y furgonetas propulsados por gasolina y matriculados en 2006 y los diésel puestos a la venta a partir de 2014, además de los vehículos de transporte de mercancías matriculados de 2014 en adelante. Todos ellos podrán circular por cualquier Zona de Bajas Emisiones (ZBE), aunque en Madrid sí que existen algunas restricciones para vehículos de este tipo.

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